Aprobada por unanimidad una modificación de la Ley de Hacienda en materia de subvenciones

Actualizado: jueves, 21 diciembre 2006 15:04

TOLEDO, 21 Dic. (EUROPA PRESS)

Las Cortes de Castilla-La Mancha aprobaron hoy, por unanimidad de PP y PSOE, una modificación a la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma en materia de subvenciones, que compete al régimen jurídico aplicable, el ámbito de aplicación de las ayudas, los órganos competentes para la concesión y la bases reguladoras así como los beneficiarios de las mismas.

Según avanzó durante el debate de este punto la consejera de Economía y Hacienda, María Luisa Araújo, las modificaciones proporcionarán un marco homogéneo para la gestión de las ayudas, además de introducir factores de "mayor control y transparencia" en la concesión de las mismas, y de facilidad para los solicitantes.

El portavoz de Economía del PP, Miguel Ángel Monserrat, defendió las siete enmiendas --cuatro de las cuales fueron retiradas, dos aprobadas y una transada-- que llegaron 'vivas' a pleno tras su paso por Comisión; quien defendió excepciones en la Ley "para que no sea tan rígida" pero también la inclusión de medidas para "evitar la discreccionalidad".

A su juicio, es necesario saber porqué, cómo y a quién se han concedido las subvenciones y ayudas, pero también lo es conocer las excepciones que se están autorizando en el texto legislativo, a fin de lograr un "mayor nivel de transparencia y tranquilidad" de los administrados, ya que la discreccionalidad "sería "perjudicial" y un "volver atrás en el tiempo".

Desde el PSOE, la parlamentaria Dolores Parra, quien reciminó al Partido Popular algunas contradiciones, y se mostró abierta a llegar a un acuerdo con los 'populares' en torno al texto, recordó a la oposición que la conveniencia de elaborar una Ley de Hacienda fue aconsejada por el Tribunal de Cuentas en 1993.

Entre las modificaciones aprobadas hoy, que aprovechan para adecuar la normativa regional a la entrada en vigor de la Ley Estatal General de Subvenciones, figura la de que los beneficiarios de las ayudas tengan su domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma, salvo excepciones por razón del objeto o finalidad de la ayuda.