La Audiencia de Albacete condena a cinco años de prisión a un hombre que clavó a otro una navaja en Hellín

Actualizado: viernes, 6 julio 2012 17:40

ALBACETE, 6 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Albacete ha condenado a D.M.I. a cinco años de prisión por clavar a un joven una navaja en Hellín, en julio de 2010, al considerarle culpable de un delito de homicidio en grado de tentativa.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, considera como hechos probados que el 31 de julio de 2010, sobre las 2.15 horas, el acusado se encontraba en el salón de su casa en Hellín (Albacete), intentado dormir en el sofá, lo que no conseguía por los ruidos que procedían de la vivienda de su vecina de enfrente, R.M.T., por lo que, tras una breve discusión que mantuvieron asomados a la ventana, se presentó en casa de ésta, alterado.

El acusado convenció a su vecina para que abriese la puerta y trataran el tema y entró en la vivienda, donde también estaba la hija de la vecina, L.S.M., y el novio de ésta, M.S.

Una vez en el interior de la casa apareció M.S. y el acusado le preguntó si era él quien estaba dando los golpes que no le dejaban dormir. Aunque M.S. contestó de forma negativa, iniciaron un forcejeo durante el cual el acusado sacó una navaja con la que se lesionó él mismo, y acto seguido, queriendo acabar con la vida de M.S., se la clavó en el costado, lo que provocó que se desplomara.

Fue entonces cuando R.M.T. hizo una llamada de auxilio al teléfono de urgencias 091 y acudiendo a la casa agentes del Cuerpo Nacional de Policía de Hellín, que trasladaron a M.S. al Hospital Comarcal de Hellín, donde fue atendido.

Tras haberle acuchillado, y antes de que se presentara la Policía Nacional, el acusado huyó del lugar y llevó a su esposa a casa de los padres de ella.

Dice la sentencia que como consecuencia de la cuchillada, M.S. sufrió una herida en el sexto espacio intercostal izquierdo, enfisema subcutáneo, empiema izquierdo y pulmón atrapado y abdomen agudo por perforación aguda de pilero, que necesitaron para su curación, alcanzada a los 90 días, 18 de ellos impeditivos para el desempeño de sus ocupaciones habituales y 37 de hospitalización.

Por ello el juez ha condenado al procesado a cinco años de prisión, a la prohibición de acercarse a su vecina y a su familia durante ocho años y a indemnizar a M.S. (novio de la hija de la vecina) en la cantidad de 20.000 euros.