Audiencia de Madrid confirma el archivo de la querella por denuncia falsa de 'El Pocero' contra Cayo Lara

Cayo Lara
EP
Actualizado: martes, 23 noviembre 2010 20:22

MADRID/TOLEDO, 23 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la decisión del Juzgado de Instrucción número 43 de Madrid de archivar la querella presentada por el empresario Francisco Hernando, 'El Pocero', contra el coordinador general de IU, Cayo Lara; el alcalde de Seseña (Toledo), Manuel Fuentes; y el secretario federal de organización de IU, Manuel Cámara Fernández, por un presunto delito de denuncia falsa.

La formación instó en julio de 2006 ante la Fiscalía Anticorrupción a que se investigara la tramitación del Plan de Ordenación Urbana (PAU) de El Quiñón de Seseña donde, dentro de la promoción llevada a cabo por la constructora Onde 2000, el empresario planeaba construir 13.500 viviendas.

Por su parte, Francisco Hernando presentó una querella contra los dirigentes de IU por un presunto delito de denuncia falsa ante la "necesidad de poner de manifiesto la falsedad" de las imputaciones que los responsables de Izquierda Unida hacían contra él. Entre ellas, le acusaban de delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos y tráfico de influencias con la Consejería de Obras Públicas de la Castilla-La Mancha.

El Juzgado de Instrucción número 43 de Madrid emitió el pasado 20 de agosto un auto en el que acordaba el sobreseimiento de las diligencias abiertas por estos hechos al considerar que no eran "constitutivos de ilícito penal alguno".

Este sobreseimiento inicial fue recurrido por 'El Pocero' ante la Audiencia Provincial de Madrid, cuya Sección Decimoquinta -- integrada por los magistrados Rosa María Quintana, Ana Revuelta y Carlos Martín como ponente-- ha confirmado esta decisión y ha recordado que para que una denuncia sea considerada falsa es necesario que "exista intención delictiva, esto es, conciencia de que el hecho denunciado es delictivo y falso".

Según han informado los querellados en un comunicado, la resolución de los magistrados destaca como elemento fundamental de la denuncia falsa la "mala fe del sujeto activo" y añade que los hechos por los que los integrantes de IU solicitaron la investigación "no fueron inventados".

"No estaban obligados a realizar una instrucción previa", apunta la sentencia, que remarca que esa obligación compete a la "Administración de Justicia". "Nada apunta a que denunciaran con voluntario desprecio a la verdad", señalan los magistrados.