El autor del disparo mortal a un hombre en Velada exculpa a los otros dos acusados y reconoce los hechos

El fiscal y acusación particular acusan a los otros dos encausados sólo de un delito de robo con violencia e intimidación

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Europa Press Castilla-La Mancha
Actualizado: lunes, 25 mayo 2026 13:45

TOLEDO, 25 May. (EUROPA PRESS) -

José Antonio R.A., uno de los acusados de asesinar a un hombre tras una discusión por la venta de un coche en la localidad toledana de Velada, ha reconocido los hechos y ha asegurado ser el autor del disparo mortal que acabó con la vida de M.F.S que en la fecha de los hechos tenía 22 años de edad y tenía una hija de 4 años.

Cuatro hombres y cinco mujeres forman el jurado popular que deberá emitir un veredicto cuando termine el juicio que ha arrancado este lunes en la Audiencia Provincial de Toledo y que continuará este martes a partir de las 10.00 horas tras haber oído hoy a los tres acusados.

Los hechos ocurrieron el 27 de julio de 2019 cuando M.F.S., en compañía de S.J.P., y de A.F.F., se trasladó desde Plasencia a Velada para poder realizar la compra de un vehículo tras haber contactado con el vendedor, José Antonio R.A., a través del número de teléfono que figuraba en un anuncio insertado en una web.

El lugar de encuentro para realizar la transacción fue un restaurante próximo a la confluencia de las carreteras N-502 y CM-5103, en el término municipal de Velada.

José Antonio R.A., al que se le pide 25 años por un delito de asesinato, cuatro años por un delito de robo con violencia e intimidación y dos años por el delito de tenencia ilícita de armas, ha reconocido que el 27 de julio de 2019 estuvo en aquel restaurante, situado en la localidad de Velada, con los otros dos acusados, Juan José C.L. y Moisés S.R., lugar al que acudieron a cerrar un trato de venta de un coche con la víctima M.F.S y otras dos personas más.

José Antonio R.A. ha narrado que las dos partes del trato discutieron y la negociación "salió mal". Ha admitido, a preguntas del Ministerio Fiscal, que él fue el autor del disparo y que los otros dos acusados no sabían que ese día llevaba una pistola.

Tras la declaración del principal acusado, han declarado los otros dos encausados Moisés S.R. y Juan José C.L. El fiscal les acusa de ser responsables únicamente del delito de robo con violencia e intimidación, pidiendo para cada uno de ellos la pena de 4 años de prisión.

Moisés S.R. ha reconocido que el día de los hechos él estaba con el autor del disparo José Antonio R.A. y que quería apoderarse del dinero que llevaba la víctima para comprar el vehículo. Asimismo, ha declarado que él no sabía que José Antonio R.A. portaba una pistola.

De su lado, Juan José C.L. ha respondido al Ministerio Fiscal que su intervención se limitó a apoderarse del dinero y, al igual que Moisés S.R., ha negado que él supiera que José Antonio R.A. llevase un revólver.

Los acusados han satisfecho la cantidad de 65.000 euros en concepto de responsabilidad civil.

ALEGATOS PREVIOS

En los alegatos previos, el fiscal ha expuesto al jurado que en este juicio hay tres acusados y por la "otra parte" había tres personas, de las que una murió. De las tres personas que están acusadas, "una es la que dispara con la pistola y produce la muerte". "Los otros dos acompañantes no sabían ni que llevaba la pistola ni que la iban a usar".

"Lo que sabían los otros dos acompañantes es que se querían apoderar del dinero los tres. Y los tres se apoderan del dinero", ha explicado el fiscal, quien asegura que lo que se produce en primer lugar con el disparo es un delito de asesinato.

Además, al utilizar un revólver, que era el arma de fuego, sería un delito también de tenencia ilícita de armas. Y por otro lado, se produciría el delito de robo con violencia o intimidación. José Antonio R.A. está acusado de estos tres delitos, según ha aclarado el fiscal.

Los otros dos acusados --ha dicho el fiscal-- "son responsables únicamente del delito de robo con violencia e intimidación".

"Deben tener en cuenta que han satisfecho la cantidad de 65.000 euros, que se han producido dilaciones indebidas en la tramitación de la causa y que los tres acusados han reconocido los hechos", para que "cuando les pasen el objeto del veredicto, tengan en cuenta que concurren las tres circunstancias atenuantes", ha dicho al jurado.

Por parte de la acusación particular, abogada de la madre y de la hija del fallecido, ha advertido de que los hechos que hoy se juzgan son de julio de 2019, "casi siete años para poder resolver este asunto".

La acusación particular se ha acomodado a todas las peticiones que ha realizado el Ministerio Fiscal y lo más importante, "aunque nunca va a resarcir la pérdida de un hijo y la pérdida de un padre", pero "por lo menos la responsabilidad civil va a poder ayudar a la familia a poder afrontar este duro momento que es la pérdida de un hijo y la pérdida de un padre".

El abogado defensor de Juan José C.L. ha advertido al jurado que su defendido está acusado de un delito de robo --que ha reconocido-- y no está acusado de asesinato. Ha pedido al jurado que tengan en cuenta el gran transcurso del tiempo desde que suceden los hechos, que ha indemnizado en la parte que le correspondía a la víctima y que ha confesado los hechos. "Espero que lo tengan en cuenta a la hora de deliberar y porque nos vamos a acomodar al escrito del fiscal".

La defensa de José Antonio R.A., "la persona que desenfundó el revólver", ha pedido tener en cuenta que estos hechos se produjeron hace mucho tiempo, en el año 2019. José Antonio R.A. ha estado preso por ello ya cuatro años, "cuatro años realizados a pulso".

Aparte de las dilaciones indebidas, ha pedido tener en cuenta la reparación del daño. Y por último, ha dicho, José Antonio "va a reconocer los hechos objeto del procedimiento", por lo cual, a su juicio, todas estas consideraciones se deben de tener en cuenta para la disminución de la pena.

Por la defensa de Moisés S.R., se ha recordado que la acusación que pesa sobre él, tanto del Ministerio Fiscal como de la acusación particular, es exclusivamente respecto de un delito de robo con violencia. "No se puede condenar a una persona por un delito diferente del que es acusado, es decir, si una persona entra acusada por un robo, no puede en ningún caso acabar condenada por un delito diferente, es decir, un delito de homicidio o de asesinato".

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