Juicio al médico y la enfermera acusados de no atender a un joven que murió en Corral de Almaguer. - EUROPA PRESS
TOLEDO 19 Feb. (EUROPA PRESS) -
La acusación particular en el juicio contra V.M.F. y A.M.A., acusados de un delito de omisión del deber de socorro por el fallecimiento, el 27 de enero de 2018, de C.P.M., un joven de 21 años que murió en Corral de Almaguer mientras jugaba un partido de fútbol tras sufrir una parada cardiorrespiratoria, ha decidido renunciar a la acción penal frente al médico A.M.A. y considerar "autora individual y única" a la enfermera V.M.F.
Así lo ha puesto de manifiesto el abogado de la acusación particular, que ejercen la madre y el hermano de C.P.M., en sus conclusiones definitivas en la segunda jornada del juicio por estos hechos que tiene lugar este miércoles en la Audiencia Provincial de Toledo.
Así, el letrado cree que "no existe prueba suficiente" que les permita sostener una solicitud de conciencia condenatoria. En cambio, sí que ha elevado a definitivas sus conclusiones sobre la enfermera V.M.F., reafirmando que la consideran culpable de un delito de omisión del deber de socorro.
LA FORENSE CREE QUE NO HUBO MALA PRAXIS
Anteriormente a ello ha tenido lugar la intervención en el juicio de los testigos de los hechos, así como de forenses y peritos solicitados por las partes. Así, la forense encargada de estos hechos se ha ratificado en las conclusiones de su informe, que apuntan a que "no hubo mala praxis" en la atención sanitaria a C.P.M., achacando su muerte a "un infortunio" pero descartando una mala actuación sanitaria.
Esta profesional ha considerado que no queda claro si en el momento en que se produjeron los hechos el fallecido estaba "desfallecido o consciente" y ha opinado que "no es precisable" el tiempo de inasistencia que tuvo C.P.M. desde que sucedieron los hechos hasta que se avisó al 112, algo que ha achacado al "revuelo y el susto" producido por la situación.
Además, cree que de las declaraciones y datos que maneja se desprende que hubo "un sesgo de información" para los profesionales sanitarios. "No se ha sabido precisar si estaba consciente o inconsciente, si se ha priorizado la brecha o la consciencia o inconsciencia y en ningún momento parece que inicialmente se citara la cardiopatía" que tenía el fallecido, ha sostenido.
Del mismo modo, teniendo en cuenta que en un centro de salud rural "suele haber dos equipos", ha afirmado que el centro "en principio no se debe quedar nunca desatendido" ya que para eso está el equipo de servicios.
"En este caso, habiendo solicitado la UVI móvil y sabiendo que el tiempo de reacción --de dicha UVI-- iba a ser corto, todo parece apuntar a que lo más lógico era esperar a que llegara la UVI móvil", ha manifestado.
AMBAS PARTES SABÍAN QUE ERA "URGENTE"
Por su parte, el médico que se encontraba en el equipo de avisos ha declarado que él y una enfermera se encontraban atendiendo un aviso domiciliario en Lillo cuando recibieron un aviso del 112 "de un chico que se había desplomado en el polideportivo", asegurando que el aviso se calificó como de Prioridad Cero --la máxima escala de gravedad--, aunque ha reconocido que el hecho de se tratara de un chico que se desplomó mientras hacía deporte ya hacía que la prioridad fuera "absoluta".
Posteriormente, recibió una segunda llamada del 112 en el que se les amplió la información apuntando que C.P.M. tenía una cardiopatía y otra de la acusada V.M.F. para preguntarles si habían recibido el aviso.
En este sentido, ha afirmado que tanto ellos, en el equipo de avisos, como V.M.F. tenían conocimiento de que "se trataba de un chico que se había desplomado", una situación en la que considera que "es fácil deducir que es algo que necesita una atención urgente". "La prioridad, por ética profesional, es atender".
Una vez ya recorriendo el trayecto entre Lillo y Corral de Almaguer, el médico ha relatado que recibió una segunda llamada de V.M.F. en la que esta les preguntó dónde se encontraban y les explicó que había enviado a unos amigos de C.P.M. a la entrada del pueblo, algo que, "sin duda", les facilitó que llegaran antes al lugar en el que este se encontraba, donde colaboraron en las labores de asistencia con la UVI movilizada por el 112.
También ha declarado en esta sesión del juicio la enfermera que formaba parte del equipo de avisos, que ha explicado que recibieron dos llamadas del 112, que atendió su compañero, y una tercera del propio centro de salud en la que les indicaron que había un coche blanco a la entrada del pueblo esperando para que les siguieran hasta el polideportivo.
LA UVI LLEGÓ PRIMERO
Mientras, el médico de la UVI que atendió a C.P.M. ha asegurado que el aviso que recibieron hablaba de "una persona incosciente, caída en el suelo en el polideportivo de Corral de Almaguer", momento en el que salieron desde su base en Quintanar de la Orden y tardaron "15 minutos" en llegar.
Cuando llegaron al lugar, el paciente "estaba tumbado en el suelo" sin que "nadie" lo atendiera y en ese momento comprobaron que C.P.M. "estaba en parada cardiorrespiratoria, no tenía pulso y el corazón lo tenía parada".
En ese momento comenzaron una atención que duró "una hora", hasta que consiguieron que el paciente volviera a tener pulso. Fue en ese momento cuando les mandaron un helicóptero que trasladó al joven hasta el hospital de Toledo.
Mismos hechos que también han sido expuestos por la enfermera que formaba parte de este equipo.
"NECESITABA QUE FUERAN A SOCORRERLO"
Mientras, el primer joven que acudió al centro de salud asegura que, cuando llegó al centro sanitario, avisó a "dos personas" que se encontraban en el lugar, que ha reconocido como "sanitarios", de que "que había un chico en el pabellón desplomado, inconsciente y con muchísima sangre en el suelo" y que necesitaba "que fueran a socorrerlo", petición que fue denegada por estos profesionales.
Este joven asevera que quienes acudieron al centro de salud expresaron "con la mayor urgencia posible" la situación en la que C.P.M. se encontraba y que necesitaban "que fueran a socorrerlo".
Otro de los testigos que acudió al centro médico en su vehículo posteriormente ha apuntado que, cuando llegó, dijo que C.P.M. "se estaba poniendo mal" y preguntó "si iban a tardar mucho", asegurando que estaba "nervioso" porque los presentes tenían "la sensación de que no venía nadie".
También ha expresado que, según los "recuerdos puntuales" que guarda de un suceso que ocurrió hace ya ocho años, en el centro de salud, "una chica" le dijo que no podían salir "porque no tenían vehículo", momento en el que les ofreció el suyo.
La madre de C.P.M. ha señalado cuando llegó al pabellón vio que C.P.M. "estaba en el suelo, moradito", motivo por el que fue al centro médico del municipio.
Allí, ha manifestado que salió la enfermera y le dijo que el soporte vital "venía en camino", momento en el que le expresó que su hijo tenía una cardiopatía y que "le echaran una mano". "Me dijo que no, que no podía salir, y volví otra vez al pabellón", ha apuntado, señalando que, cuando llegó al polideportivo, ya había llegado la asistencia médica.
De su lado, la cuñada de C.P.M. ha detallado que, una vez que llegó al lugar, vio a C.P.M. "en el suelo inconsciente, con los ojos en blanco, pálido" y por ello fue a pedir auxilio al centro de salud, reconociendo a V.M.F. como la persona con la que habló y que le dijo que "había un equipo en camino".
CONCLUSIONES DEFINITIVAS
Tras finalizar toda la práctica de la prueba, las partes han elevado sus conclusiones finales. Así, mientras la acusación particular ha decidido abandonar su acusación contra A.M.A. y mantenerla contra V.M.F. la fiscal, por su parte, se ha reafirmado en su petición de absolución para la enfermera.
Misma tesis que ha mantenido la defensa de V.M.F., que considera que no concurrió esta omisión del deber de socorro sino que ha quedado "acreditado" que la enfermera tuvo una actuación "diligente" teniendo en cuenta la información que tenía.