Fomento delega en la Secretaría General de la Consejería la potestad sancionadora de la titular del departamento

Actualizado: lunes, 14 mayo 2012 12:28

TOLEDO, 14 May. (EUROPA PRESS) -

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado una orden por la que delega la atribución de la potestad sancionadora que tiene otorgada la titular de este departamento --en la actualidad, Marta García de la Calzada-- tanto en normas con rango de Ley como con rango reglamentario, en la Secretaria General de este departamento.

Todo ello, según publica el DOCM y recoge Europa Press, "siempre con el fin último de mejorar el servicio prestado, y en aras del principio de eficacia y eficiencia que ha de presidir el quehacer diario de toda Administración ágil".

La orden recoge el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, que prevé la posibilidad de delegar el ejercicio de competencias atribuidas a unos órganos de la administración pública en otros órganos, aunque no sean jerárquicamente dependientes, cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial que lo hagan conveniente.

En este sentido, acuerda delegar en la persona titular de la Secretaria General la resolución de los procedimientos en materia sancionadora que corresponda resolver a la persona titular de la Consejería.

Asimismo, señala que en los recursos administrativos que se interpongan frente a las resoluciones que se dicten por esta delegación, no será de aplicación la delegación de firma en la persona titular de la Secretaría General prevista en el artículo 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Del mismo modo, se delega en la persona titular de la Secretaria General la resolución de los requerimientos previos dispuestos en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

La orden recoge igualmente una disposición adicional única que establece que las resoluciones administrativas que se adopten en el ejercicio de esta delegación se notificarán a la persona interesada con indicación de dicha circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Asimismo, señala que la delegación no será obstáculo para que, según lo previsto en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la persona titular de la Consejería de Fomento pueda avocar para sí el conocimiento y resolución de las competencias delegadas.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.