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TOLEDO, 5 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica este lunes un Decreto por el que se modifican diversas disposiciones normativas en materia de atención a la dependencia y servicios sociales en Castilla-La Mancha.
En concreto, el texto, según recoge Europa Press, el Decreto pretende adaptar dichas disposiciones al ordenamiento jurídico vigente tanto estatal como autonómico.
El Decreto especifica que Castilla-La Mancha aprobó su catálogo de servicios y prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia así como el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho de acceso a los servicios y prestaciones económicas del sistema por lo que al verse afectados ambos decretos por la normativa estatal y requieren su modificación para armonizar la normativa autonómica con el marco normativo vigente.
Así, se establece una forma de cálculo para las dos prestaciones económicas que reconoce la disposición adicional decimoséptima de la Ley 39/2006, basada únicamente en los tramos de intensidad de horas mensuales contratadas. Del mismo modo se realizan mejoras simplificando el régimen de justificación de estas prestaciones que afectan, con carácter general, a todas las personas que tengan reconocida una prestación económica vinculada al servicio o una prestación económica de asistencia personal.
Por último, con cargo al nivel adicional de protección de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, los efectos económicos de las prestaciones reconocidas a personas con Grado III+ de dependencia extrema, se producirán, con carácter general, desde la fecha de la solicitud y además, se reconoce la compatibilidad de la prestación de cuidados en el entorno familiar y apoyo a personas cuidadoras no profesionales en su cuantía máxima para el Grado III con cualquiera de las dos prestaciones que prevé el Real Decreto-ley 11/2025, de 21 de octubre.
Por otra parte, la disposición final cuarta de la Ley de Simplificación, Agilización y Digitalización Administrativa, modifica la Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha, afectando, entre otros, al artículo relativo a la determinación de la prestación más adecuada para la elaboración del programa individual de atención cuyo procedimiento se regula en el Decreto 1/2019, de 8 de enero, por lo que resulta necesario adaptar las previsiones del Decreto a dicha modificación.
Asimismo, este Decreto incorpora modificaciones al Decreto 2/2022, de 18 de enero, por el que se establecen las condiciones básicas de los centros y servicios sociales de atención especializada, destinados a las personas mayores en Castilla-La Mancha, con el fin de adecuarlo al Decreto sobre asistencia farmacéutica en los centros sociosanitarios de Castilla-La Mancha y optimizar el espacio tanto en los centros de día como en las residencias, permitiendo una mejor distribución y aprovechamiento de las instalaciones.
Igualmente se modifica el Decreto del Comité de Ética de los Servicios Sociales y de Atención a la Dependencia de Castilla-La Mancha con el fin de flexibilizar los requisitos que tienen que cumplir sus integrantes y facilitar su constitución.
De acuerdo con el principio de proporcionalidad, el Decreto contiene la regulación imprescindible al no existir ninguna alternativa regulatoria, menos restrictiva de derechos, pues el rango de la norma debe revestir al menos la forma de decreto del Consejo de Gobierno. Conforme a los principios de seguridad jurídica y eficiencia, resulta coherente con el ordenamiento jurídico vigente tanto estatal como autonómico.
Cumple también con el principio de transparencia, ya que identifica claramente su propósito y, durante el procedimiento de elaboración de la norma se ha permitido la participación de las personas destinatarias, mediante la realización de los trámites de consulta pública previa e información pública, recabándose la opinión de las entidades representativas a través del correspondiente proceso participativo.
En la tramitación del presente decreto se ha obtenido el informe favorable del Consejo Asesor de Servicios Sociales, de la Comisión de Diálogo Civil con la Mesa del Tercer Sector Social, del Consejo de las Personas Mayores de Castilla-La Mancha, del Consejo del Diálogo Social de Castilla-La Mancha y del Consejo Regional de Municipios de Castilla-La Mancha.