STE dice que la Ley de aprobó en la Comisión Permanente y no en Pleno

Actualizado: lunes, 16 enero 2012 14:37

TOLEDO, 16 Ene. (EUROPA PRESS) -

STE-CLM ha asegurado que la Consejería de Educación, Cultura y Deporte "no dice la verdad" cuando afirma que el Consejo Escolar ha aprobado por unanimidad el informe sobre la Ley de Autoridad del Profesorado, dado que dicho informe se aprobó en la Comisión Permanente del Consejo y no en el Pleno de este órgano.

En nota de prensa STE-CLM ha asegurado que hubiera votado en contra si se hubiera convocado el Pleno, del que forma parte y, por lo tanto, "no hubiera habido esa unanimidad de la que presumen".

Dicho esto, este sindicato ha lamentado que en una cuestión de tanta importancia para el profesorado como es la Ley de Autoridad, "se haya eliminado el debate tan enriquecedor que se podía haber producido en el Pleno del Consejo Escolar, ya que es en este órgano en el que tienen representación todas las organizaciones que representan a la comunidad educativa, además puede asistir el profesorado que lo deseé".

Por otro lado, han recordado que según el Decreto por el que se aprueba el reglamento del CER en su artículo 15 establece que es el Pleno el órgano que tiene que hacer los dictámenes sobre leyes sometidas a consulta del Consejo por el titular de la Consejería de Educación.

Dicho reglamento, han explicado desde el STE establece que por cuestiones de urgencia se puede delegar alguna función del Pleno en la Comisión Permanente, siempre que se apruebe por mayoría absoluta de los miembros del Pleno.

"Concretamente en este caso no se trata de una cuestión de urgencia ni se ha delegado la función de dictaminar en la Comisión Permanente. Para el STE-CLM esta actuación no es más que una forma de evitar el debate y la participación por parte del Consejero y la Presidenta del CER".

Este sindicato se muestra de acuerdo con una Ley de Autoridad, "pero no con esta Ley de Autoridad que se quiere publicar con muchas prisas para Castilla-La Mancha, las prisas que nunca son buenas, y hace que quien tiene que disfrutar los posibles beneficios de la Ley, prácticamente no la conozca, ni haya tenido tiempo de enriquecerla", han condenado.

Dicen que la Consejería quiere publicar una Ley "que le sale bien barata, pero que no aporta nada en lo relativo a protección jurídica del profesorado, ya que lo único que recoge está ley es lo dispuesto en el artículo 550 y ss del Código Penal que protegen en idénticas condiciones el delito de atentado cometido contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, entendiendo por reiterada jurisprudencia y por la Fiscalía General del Estado que se incardina en este tipo penal como sujeto pasivo al profesor funcionario público que se encuentre en el ejercicio de sus funciones".