El Ayuntamiento de Valladolid saca una segunda convocatoria de ayudas al transporte de personas con discapacidad

Imagen de archivo de un taxi adaptado para personas con discapacidad.
Imagen de archivo de un taxi adaptado para personas con discapacidad. - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: lunes, 12 agosto 2019 10:38

VALLADOLID, 12 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Valladolid ha aprobado una segunda convocatoria de ayudas para el transporte en taxi de personas con discapacidad, con una dotación de 15.950 euros después de adjudicar 78 subvenciones a principios de año por valor de 26.000 euros.

Con esta resolución del Área de Servicios Sociales y Mediación Comunitaria se pueden beneficiar más personas puesto que quedan excluidas aquellas que obtuvieron la subvención a primeros de año.

El objetivo de esta línea de ayudas, dotada con 15.950 euros, es responder a las demandas de transporte por parte de las personas con movilidad reducida para facilitar su integración social mediante el uso de taxis con licencia municipal de autotaxis expedida por el Ayuntamiento de Valladolid.

En la primera convocatoria realizada en el mes de enero ya se beneficiaron de la ayuda 78 personas, destinando una cuantía de 26.000 euros.

Estas ayudas responden a uno de los objetivos prioritarios de la Concejalía de Servicios Sociales y Mediación Comunitaria que es "la apuesta por el establecimiento de medidas dirigidas a facilitar la autonomía a las personas con dependencia y/o discapacidad favoreciendo las relaciones con otras personas y su integración en el entorno".

El Boletín Oficial de la Provincia ya ha publicado el pasado lunes un extracto de las bases de esta convocatoria, cuyo plazo para presentar solicitudes finaliza el 5 de septiembre de 2019.

Las ayudas van dirigidas a personas que estén empadronadas en Valladolid, tengan reconocida movilidad reducida, no sean propietarias de vehículo, o teniéndolo estén imposibilitadas para la conducción y cumplan con los requisitos económicos especificados en las bases.

Los requisitos para beneficiarse se establecen en la propia convocatoria y consisten en tener unos ingresos económicos mensuales inferiores a 1,5 veces el IPREM mensual (806,76 euros mensuales) y contar con un capital mobiliario inferior a 1,5 veces el IPREM anual.

De los ingresos mensuales computables, se desgravará el 80 por ciento del IPREM en vigor (537,84 euros) por gastos de alquiler o amortización de la vivienda, cuando el/la titular del alquiler o hipoteca sea la persona solicitante o su cónyuge (si lo hubiera).

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