VALLADOLID, 21 May. (EUROPA PRESS) -
La comunidad autónoma de Castilla y León se encuentra desde este viernes, 21 de mayo, en nivel de alerta 3 en el Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad tras constatarse la progresiva mejora de la situación epidemiológica, "en buena medida debido a los efectos de la vacunación", según consta en el acuerdo publicado en el Bocyl por el que se hace efectiva la media anunciada ayer por la Junta.
La declaración del nivel 3 en todo el territorio de Castilla y León, con efectos desde hoy y mientras subsista la situación de riesgo que ha motivado esta determinación, se basa en concreto en el informe de la Consejería de Sanidad con fecha de 19 de mayo según el cual los indicadores sanitarios muestran esa "progresiva mejora" en la situación epidemiológica.
No obstante, para evaluar el riesgo sanitario y la proporcionalidad de las medidas aplicadas se realizará un "seguimiento continuo" de la situación epidemiológica por parte de la Consejería de Sanidad, que informará cada catorce días a la Junta de Castilla y León sobre la necesidad de mantener, ampliar o reducir el nuevo nivel de alerta declarado ahora, el 3.
Este nivel de alerta 3 supone un nuevo horario de cierre en la hostelería, que será a las 01:00 horas para las terrazas y a las 24:00 horas para el interior de los establecimientos, "sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00:00 horas y de las 23:00 horas, respectivamente".
En el caso de bajar al nivel de alerta 2 se establece como horario de cierre del interior de estos establecimientos la 01:00 horas como máximo, "sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00:00 horas".
Para los alojamientos turísticos no hoteleros, se establece para el nivel 3 que el número de personas alojadas será de hasta diez personas que podrán estar integradas por un máximo de dos grupos de convivencia estable.
Si se bajase el nivel 2, el máximo de personas alojadas subirá a doce personas que deberán seguir siendo de un máximo de dos grupos de
convivencia estable. "Si las personas alojadas conforman un único grupo de convivencia estable, el aforo será el que tenga autorizado el establecimiento por el órgano competente en materia de turismo", precisa el acuerdo de la Junta.
Asimismo, se ha modificado el apartado relativo a cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales, así como en recintos al aire libre y en otros locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas que en el nivel 3 tendrán un aforo máximo del 50 por ciento, "siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila, en caso de asientos fijos, o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia".
Finalmente, para la celebración de congresos encuentros, reuniones de negocios, eventos y actos similares en el nivel 3 se recomienda el formato telemático aunque, si tienen lugar de forma presencial, el aforo máximo será de un tercio con un límite máximo de 150 asistentes.
No obstante, y según consta en el acuerdo publicado hoy en el Bocyl, estos indicadores sanitarios evaluados conforme al documento de 'Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID' aprobado por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud del pasado 22 de octubre y los criterios interpretativos que sobre los mismos efectuó la Comisión de Salud Pública ponen de manifiesto que la Comunidad de Castilla y León se encuentra en una situación de "riesgo alto".
La Junta apela no obstante a esa progresiva mejora para defender que procede declarar el nivel de alerta 3 "y, por tanto poner en marcha en todo el territorio de la Comunidad las medidas contempladas para
dicho nivel en el Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León".
El Gobierno autonómico insiste a los ciudadanos en el deber de "colaborar activamente" en el cumplimiento de las medidas sanitarias preventivas establecidas en el Plan y recuerda que los incumplimientos individualizados de las medidas podrán constituir infracción administrativa de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley 7/2020, de 23 de julio, por el que se establece el régimen sancionador específico por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención sanitarias para afrontar la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León.