VALLADOLID 27 Oct. (EUROPA PRESS) -
La Consejería de Medio Ambiente y Energía ha publicado este martes en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) la orden por la que se determinan el riesgo potencial, el número y cuantía retributiva de las guardias, el régimen de exenciones y el procedimiento de selección del personal del operativo de prevención y extinción de incendios forestales de la Comunidad para el año 2026.
La norma, firmada por la consejera María González Corral, fija las gratificaciones por guardias con efectos desde el 1 de enero de 2026, señala la publicación consultada por Europa Press.
De este modo, las cuantías por jornada laborable se establecen en 209,93 euros para los jefes de jornada y técnicos de guardia; 164,07 euros para los técnicos de operaciones; 156,77 euros para los agentes medioambientales y forestales helitransportados; 149,45 euros para los agentes medioambientales y forestales de tierra; 138,88 euros para los celadores y 107,47 euros para los conductores.
En días festivos, estos importes se incrementan hasta los 435,94 euros en el caso de los jefes de jornada, 340,82 euros para los técnicos de operaciones de jornada y 278,57 euros para los técnicos de guardia, entre otros colectivos.
Asimismo, la disposición distribuye un total de 41.461 guardias entre los distintos colectivos que componen el operativo en las nueve provincias autonómicas y en los centros autonómicos y provinciales de mando.
En concreto, la orden asigna 31.078 guardias a los agentes medioambientales y forestales, 5.330 a los técnicos (jefes de jornada y técnicos de guardia), 2.783 a conductores, 1.373 a técnicos de operaciones y 897 a celadores.
La regulación establece también el carácter obligatorio de las guardias para el personal técnico, agentes medioambientales y conductores de la Consejería de Medio Ambiente y Energía, mientras que fija su voluntariedad para los celadores y para los conductores adscritos a otros departamentos autonómicos.
Además, la orden fija en 40 el número máximo de guardias a realizar por cada persona durante la Época de Peligro Alto (EPA) de cuatro meses, salvo casos debidamente justificados, e incluye exenciones para el personal mayor de 60 años o de 55 años en el colectivo de técnicos de guardia que lo solicite.