Fiscalía mantiene cárcel para los acusados de contaminar una finca en Renedo y venderla ocultando su situación

Los tres hermanos acusados y sus letrados en la Audiencia de Valladolid durante la última jornada del juicio que ha quedado visto para sentencia.
Los tres hermanos acusados y sus letrados en la Audiencia de Valladolid durante la última jornada del juicio que ha quedado visto para sentencia. - EUROPA PRESS
Europa Press Castilla y León
Publicado: viernes, 3 octubre 2025 14:44

VALLADOLID 3 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Fiscal de Medio Ambiente y Urbanismo de Valladolid ha mantenido este viernes invariable su petición de condena de más de cuatro años de cárcel para cada uno de los tres hermanos que regentaban una factoría de reciclaje de chatarra en Renedo que operó entre 2006 y 2018 sin autorización como gestor de residuos peligrosos y no peligrosos y que, presuntamente, durante ese periodo contaminaron gravemente con residuos una parcela que en 2021 vendieron a los promotores de un centro hípico, ocultando a éstos la verdadera situación del terreno.

La acusadora pública considera que las pruebas testifical, pericial y documental practicadas confirman que los hermanos José María, María de la Flor y Francisco Javier C.S, el primero en calidad de administrador único de la mercantil, la segunda como encargada de la oficina en labores contables y el último encargado del mantenimiento, cometieron en ese periodo investigado un delito contra el medio ambiente, merecedor de una condena de tres años y seis meses de cárcel y multa de 7.200 euros, y otro de estafa, con una solicitud aparejada de otros diez meses más de privación de libertad.

Y ello a pesar de que los tres acusados, quienes han declarado en último lugar, han eludido cualquier responsabilidad en cuanto a los bidones de residuos hallados en la finca vendida y otra serie de materiales que convirtieron en impracticable el terreno para el fin que querían darle sus nuevos compradores. "!Jamás se me hubiera ocurrido hacerlo!", ha afirmado categórico el gerente y administrador único, José María, a preguntas de la fiscal sobre si enterraron todos esos materiales cuando la empresa se trasladó a La Cistérniga.

Durante su declaración, corroborada luego por sus otros dos hermanos, José María ha recordado que al fallecimiento de su padre, en 2006, se hizo cargo de la mercantil y recabó la ayuda de sus otros dos compañeros de banquillo, sin que en ese momento estuvieran al corriente de que su progenitor había solicitado autorización a la Junta como gestor de residuos peligrosos y no peligrosos, algo de lo que no tuvieron conocimiento hasta que en 2006 les llegó la denegación de la Administración regional.

El acusado, en declaraciones recogidas por Europa Press, no sólo ha negado la autoría de los vertidos contaminantes a la parcela posteriormente vendida sino que ha precisado que los bidones llenos de residuos localizados, enterrados, en la finca hubieran sido utilizados en la actividad propia de la empresa. También ha rechazado estar al corriente de que la parcela, pese a tener la consideración de suelo industrial, hubiera sido transmitida a sus nuevos adquirientes con la calificación de terreno rústico. "Lo único que sé es que los compradores eran muy pesados, no paraban de llamar y se mostraron también opacos sobre el destino que querían dar al terreno", ha apuntado José María, quien se ha mostrado categórico al sostener que en aquel suelo "no había nada peligroso".

Sin embargo, la acusación pública ha mantenido sus cargos tanto por el desarrollo de una actividad que no contaba con el amparo de la Junta como por la contaminación de esa parcela de una hectárea con vertidos procedentes de la actividad de reciclado de escorias de aluminio, así como por la estafa en la venta de dicha superficie que efectuaron a sabiendas de su grave estado y que ocultaron a los compradores.

"CONTAMINACIÓN DAÑINA PARA LA SALUD Y EL ECOSISTEMA"

Aunque los informes han sido pospuestos para el próximo día 10 de octubre, ya que uno de los abogados de la defensa ha sufrido una indisposición y el trámite final ha sido fijado para ese día, la fiscal cimenta la imputación contra todos ellos en la toma de muestras que la Guardia Civil efectuó 'in situ' en dicho escenario y en el análisis químico y biológico practicado por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, con sede en Madrid, cuyos técnicos han objetivado "contaminación por elevada carga de metales que supone una elevada ecotoxicidad y en una concentración que resulta dañina para la salud humana y el ecosistema". De hecho, han precisado que una de las muestras tomadas fuera de ese suelo presentaba niveles de aluminio y de plomo cien y diez mil veces por debajo, respectivamente, de los hallados en las muestras recogidas en la zona contaminada.

Un perito de la consultora ovetense CONGEO, contratado por la acusación particular--dicha parte se ha apartado del procedimiento penal y civil tras haber sido indemnizada--, quien se basó en esa toma de muestras realizada por el Instituto Armado para elaborar su informe sobre la evaluación de riesgo en esa parcela y coste de recuperación del terreno, ha apuntado igualmente una "afección por metales pesados" que implica un riesgo para la salud de las personas y también para aquellos caballos que pudieran utilizar esa finca para la actividad equestre inicialmente proyectada. "La contaminación es incompatible para esa actividad y supone un riesgo cancerígeno ", ha afirmado.

LA TOMA DE MUESTRAS, EN TELA DE JUICIO

Los letrados de los acusados, por contra, solicitan un fallo absolutorio y, como así expondrán el 10 de octubre en sus respectivos alegatos, defienden que ninguna de las pruebas practicadas ha permitido vincular a sus clientes con el vertido de esos residuos y, fundamentalmente, desautorizan el método de recogida de muestras efectuado por la Guardia Civil, la cadena de custodia mantenida hasta su traslado al Toxicológico de Madrid y el resultado de los análisis por entender que los mismos pudieron verse afectados por una contaminación cruzada.

Así, los defensores entienden que el uso de un tractor y un cazo para realizar catas en el terreno no es un método ortodoxo, ya que el mismo pudo provocar una contaminación de las muestras, y también sostienen que los efectivos del Seprona no estaban acreditados para esa labor ni tampoco la consultora CONGEO, algo que como así han coincidido todos ellos solo pueden realizar empresas autorizadas por la Entidad Nacional de Acreditación en España (ENAC). Incluso han puesto en entredicho que las muestras, tanto las sólidas como las líquidas', fueran tomadas sin protocolo alguno y llevadas hasta el laboratorio de Madrid sin la refrigeración oportuna en envases de plástico y no de cristal, ya que los continentes primeros podrían haber transferido parte de su composición química.

En este sentido, dos peritos de la defensa, uno de ellos de una empresa acreditada por la ENAC, han avalado la falta de fiabilidad de los análisis realizados a partir de una recogida de muestras realizada de forma anómala por alguien no facultado para ello y en ambos casos han rechazado declarar esa parcela como contaminada, ya que, como así han advertido, tal consideración únicamente es competencia de la Junta de Castilla y León. "Nadie que no cuente con acreditación del ENAC puede realizar un estudio del suelo y si se ha hecho sin ella el procedimiento no es válido", ha sentenciado el segundo de los peritos de la defensa.

Ante la indisposición de uno de los letrados de la defensa, el juicio ha sido suspendido este viernes, se retomará el 10 de octubre y quedará entonces visto para sentencia una vez completado el trámite final de los informes de la acusación pública y de los defensores.

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