VALLADOLID 5 May. (EUROPA PRESS) -
La Consejería de Educación ha dictado la orden por la que se garantizan los servicios esenciales en los centros docentes públicos que escolarizan alumnado de la primera etapa de Educación Infantil, la de 0 a 3 años, ante la huelga convocada para este jueves, 7 de mayo.
La resolución, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), afecta a los centros dependientes de la Administración autonómica frente a un paro promovido por las organizaciones sindicales FE-CCOO y CGT.
La Administración regional ha justificado esta medida en la necesidad de conjugar "el derecho constitucional a la huelga con el mantenimiento de servicios públicos de reconocida e inaplazable necesidad".
En este sentido, la orden subraya que es "imprescindible asegurar el interés general y el derecho fundamental a la educación sin coartar los derechos individuales de los trabajadores".
Para las Escuelas de Educación Infantil dependientes de la Junta, los servicios mínimos establecen la permanencia obligatoria de un responsable del centro, un técnico superior de educación infantil por cada unidad, un miembro del personal de servicios y un trabajador de cocina.
Por su parte, en otros centros con unidades autorizadas de este primer ciclo, como los Centros de Educación Infantil y Primaria (CEIP), Centros Rurales Agrupados (CRA) o Centros de Educación Obligatoria (CEO), se ha fijado la presencia de un técnico superior de educación infantil por unidad.
La Consejería ha precisado que el ejercicio del derecho de huelga queda condicionado al cumplimiento de estas prestaciones, cuya designación de personal corresponde a la Dirección General de Recursos Humanos.
Asimismo, la resolución advierte de que cualquier alteración o paro del personal designado para estos servicios mínimos será considerada ilegal, incurriendo los responsables en las responsabilidades que marque el ordenamiento jurídico vigente.
La normativa ha entrado en vigor este mismo martes tras su publicación oficial, lo que pone fin a la vía administrativa.
No obstante, contra esta orden cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de la Presidencia o un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses.