Sanidad definirá los puestos de difícil cobertura en el primer trimestre de 2026

Europa Press Castilla y León
Publicado: miércoles, 17 diciembre 2025 16:39

VALLADOLID 17 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Sanidad definirá los puestos de difícil cobertura en el primer trimestre de 2026 y a continuación ofertará la primera convocatoria extraordinaria de movilidad voluntaria con el objetivo de "agilizar en todo lo posible la ocupación y cobertura" de estos puestos.

Así lo ha anunciado la Consejería de Sanidad tras la aprobación este miércoles de la Proposición de Ley de medidas extraordinarias para impulsar la provisión estable y permanente de puestos sanitarios de difícil cobertura, "un marco normativo único" y "novedoso" que incorpora medidas para dar solución a las necesidades en los puestos de difícil cobertura y en las actividades calificadas de difícil prestación.

A través de un comunicado de prensa recogido por Europa Press, la Consejería de Sanidad ha explicado que el primer paso será una propuesta de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Humanización con los puestos que van a ser calificados como de difícil cobertura para la declaración después de estos puestos por parte de la Gerencia Regional de Salud, prevista para el primer trimestre de 2026, "previa definición técnica informada y negociada en la mesa sectorial de sanidad", han asegurado las mismas fuentes.

El siguiente paso será la aprobación de una oferta extraordinaria de empleo público con las plazas a cubrir aunque Sanidad ha precisado que con carácter previo a la convocatoria de los procesos selectivos correspondientes se procederá a convocar procesos extraordinarios de movilidad interna voluntaria para que los profesionales que quieran trasladarse a estos puestos puedan hacerlo, "lo que se llevará a cabo mediante un procedimiento específico que también habrá que regular".

Por último, en el caso de que estas plazas no sean cubiertas con el proceso de movilidad interna voluntaria --"es lo que está sucediendo en los procesos ordinarios, de ahí la necesidad de esta ley", ha subrayado la Consejería--, se abordará la última fase que contempla la convocatoria de procesos selectivos correspondientes mediante el sistema de concurso de méritos y su respectiva tramitación.

Sanidad calcula que la declaración de difícil cobertura de los puestos durará "en principio" tres años, con posibilidad de prorrogar otros tres, en los que los profesionales se beneficiarán de los incentivos económicos y no económicos previstos en la norma que pasan por reconocimiento de servicios prestados, valoración de experiencia profesional, flexibilización de la jornada y horarios y medidas en materia de formación e investigación.

A estos se suma el complemento de garantía asistencial que "mejora sustancialmente" el regulado en el Decreto-Ley de febrero de 2019 con la aplicación de un aumento que tiene en cuenta los incrementos habidos desde ese año para los profesionales médicos y el 50 por ciento de dicha cantidad para el personal enfermero.

ACTIVIDADES ASISTENCIALES DE DIFÍCIL PRESTACIÓN

Sanidad ha explicado además que la segunda parte de la ley regula las medidas extraordinarias a adoptar para garantizar la continuidad asistencial en las actividades asistenciales de difícil prestación, "aquellas que siendo precisas para garantizar el acceso a la atención sanitaria, la realización de guardias o una adecuada atención continuada en los centros e instituciones sanitarias, no puedan ser realizadas por el personal sanitario fijo o temporal del centro de que se trate, o bien, aquellas que por su nivel de especialización requieran de profesionales especializados de los que no disponga el centro".

La Consejería ha asegurado que también es una prioridad de la Junta trabajar en los centros que presenten dificultades en la prestación de determinadas actividades asistenciales para que se declare la difícil prestación y comenzar a firmarse los primeros programas de colaboración entre centros, conforme establece la ley.

En estos casos, la norma prevé también un procedimiento consistente en la declaración de actividad de difícil prestación por parte de las gerencias respectivas, "siempre previa autorización de la Gerencia Regional de Salud", y regula diversas medidas extraordinarias adecuadas como la prestación voluntaria de atención continuada o jornada complementaria de guardia en un ámbito distinto al del propio nombramiento del profesional, que será retribuido según establece la propia norma.

También se prevé la colaboración asistencial entre centros sanitarios, "con la que se trata de reconducir la situación a nuevos proyectos de gestión compartida, mediante los que los profesionales, voluntariamente, prestan actividad sanitaria en otros centros y con las retribuciones que la ley regula, siempre con la garantía de suficiencia de cobertura en los centros de origen".

En el caso de no lograrse la pretendida cobertura asistencial, la ley regula una medida de suspensión voluntaria y temporal de exención de guardias para mayores de 55 años.

Sanidad recuerda que esta ley nace como "instrumento flexible y adaptable" a las necesidades asistenciales y organizativas existentes en cada momento y va a permitir también que la Consejería de Sanidad "mejore sustancialmente" las condiciones laborales de los profesionales, tanto en aspectos de mejoras retributivas como de medidas de conciliación y desarrollo profesional.

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