VALLADOLID, 13 Ene. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha resuelto confirmar la condena de un año de prisión impuesta al que fuera asesor fiscal de CVC Desinfección Castilla y León S.L, Pablo M.L, por apropiarse de los 60.000 euros procedentes de la venta de la sociedad propiedad de Fernando V.C, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
En su fallo, el Alto Tribunal ratifica la condena recaída sobre el citado contable, que incluye el pago de una multa de 2.160 euros y la obligación de indemnizar a Fernando V.C. con 60.000 euros, y, por contra, absuelve al segundo, administrador único de CVC Desinfección Castilla y León S.L, del delito continuado de estafa por el que la Audiencia vallisoletana le impuso en 2011 una pena de un año, nueve meses y un día de cárcel y, en concepto de responsabilidad civil, el abono a quienes vendió la empresa de casi 34.833 euros, cantidad que la sala vallisoletana entendía probado que el ahora absuelto había extraído de las cuentas de la mercantil con posterioridad a su venta.
Durante el juicio, el expropietario de CVC Desinfección Castilla y León S.L. reconoció que tras vender la empresa en diciembre de 2006 y cesar en el cargo de administrador único siguió disponiendo del dinero de sus cuentas, si bien alegó que lo hizo tras ser informado por su asesor fiscal, al que calificó de "máquina de mentir", de que los nuevos propietarios estaban al corriente de ello ante la existencia de un documento de reconocimiento de deuda que le facultaba a cobrarse facturas por servicios prestados con anterioridad a la operación de venta de la mercantil.
El empresario, que cargó toda la responsabilidad de lo ocurrido en el otro acusado, aseguró además que el aludido, a sus espaldas, se quedó con 60.000 de los 180.000 euros de la operación de venta de la mercantil.
SESENTA MIL EUROS DE HONORARIOS
Sin embargo, el exasesor fiscal alegó que su jefe le encomendó en 2006 buscar compradores para hacerse con la propiedad de CVC Desinfección Castilla y León, con quien llegó al "acuerdo verbal" de que "todo lo que sobrepasara los 120.000 euros" sería para él en concepto de "honorarios", de ahí que tras la venta por 180.000 euros se quedara con sendos cheques por importe cada uno de 30.000 euros.
"Me limité a intervenir como mediador y a cobrar mi comisión", indicó Pablo M.L, quien precisó que la cantidad percibida no sólo incluía la comisión por año y medio de gestiones sino también otros conceptos como gastos de la escritura por la constitución de la sociedad limitada, del Registro Mercantil de Valladolid, impuesto de transmisiones patrimoniales, gastos por viajes y representación, kilometraje...etc.