BURGOS, 23 Feb. (EUROPA PRESS) -
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la condena de 20 años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Burgos a varón por múltiples delitos de agresión sexual y corrupción de menores cometidos contra 17 jóvenes, a quienes contactaba y extorsionaba a través de redes sociales.
Los hechos probados relatan que el condenado comenzó en 2017 a contactar con menores a través de Instagram. En el caso de la víctima principal, la intimidó al asegurar que tenía fotos comprometidas para obligarla a enviarle más material de carácter sexual, situación que se prolongó durante cinco años, señala la setencia a la que ha tenido acceso Europa Press en fuentes jurídicas.
El acusado llegó a utilizar hasta ocho cuentas diferentes de la red social para amenazar a las jóvenes con publicar las imágenes en grupos con sus amigas si no accedían a sus peticiones, que incluían actos de masturbación grabados en vídeo y la introducción de objetos en sus órganos genitales.
En el registro domiciliario, la policía intervino dispositivos móviles con numeroso material de pornografía infantil y conversaciones en Telegram que revelaban la existencia de grupos dedicados al intercambio de información para coaccionar y extorsionar mujeres.
La defensa del hombre impugnó la sentencia inicial de octubre de 2025 al alegar que el acusado no fue debidamente informado de las consecuencias de su confesión y que existió un "vicio en el consentimiento". Sin embargo, el TSJ sostiene que el procesado admitió la autoría tras preguntas expresas del magistrado presidente y que conocía perfectamente los escritos de acusación.
La Sala ha subrayado que la brevedad de la vista "no desnaturaliza el plenario" y que la condena "no se basa solo en la confesión, sino en la abundante prueba documental y videográfica que no fue impugnada".
PENAS Y RESPONSABILIDAD CIVIL
Además de los 20 años de cárcel, el Tribunal confirma la medida de libertad vigilada durante diez años tras la salida de prisión y la inhabilitación especial para cualquier oficio que conlleve contacto con menores. Asimismo, el condenado deberá indemnizar con 12.000 euros a la víctima principal y con 7.000 euros a cada una de las otras cinco víctimas que no renunciaron a las acciones civiles por el daño moral causado.
Contra esta resolución del Tribunal Superior de Justicia todavía cabe interponer recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.