Actualizado: martes, 20 junio 2017 11:05

Absuelve, sin embargo, al recurrente del pago de las costas

BURGOS, 20 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos, ha confirmado la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo de Soria que inadmitió la demanda interpuesta por el letrado Eduardo Ranz Alonso contra el Ayuntamiento de San Leonardo de Yagüe (Soria) para que excluyera el segundo de ambos términos del patronímico de la localidad.

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