Unos 129.300 autónomos en Catalunya perciben la prestación por cese de actividad

Un grupo de personas sale de la Estación de Barcelona Sants durante el día en el que entra en vigor la limitación total de movimientos salvo de los trabajadores de actividades esenciales. En Barcelona (Catalunya, España) a 30 de marzo de 2020.
Un grupo de personas sale de la Estación de Barcelona Sants durante el día en el que entra en vigor la limitación total de movimientos salvo de los trabajadores de actividades esenciales. En Barcelona (Catalunya, España) a 30 de marzo de 2020. - David Zorrakino - Europa Press
Europa Press Catalunya
Publicado: viernes, 17 abril 2020 12:29

   BARCELONA/MADRID, 17 Abr. (EUROPA PRESS) -

   Un total de 129.308 autónomos catalanas, los que han recibido el visto bueno de la Seguridad Social de un total de 151.633 solicitudes presentadas, perciben este viernes la prestación extraordinaria por cese de actividad, un mes después de que el Gobierno la anunciara.

   En un comunicado, el Gobierno ha informado de que Catalunya es la segunda comunidad autónoma que ha registrado más solicitudes, con el 15,35% del total, solo por detrás de Andalucía (19,45%).

   Según ha señalado hoy el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, en torno a 800.000 trabajadores autónomos cobrarán este viernes esta ayuda, cuya cuantía mínima es de 661 euros.

   Escrivá, en declaraciones a la cadena Cope recogidas por Europa Press, ha precisado que las solicitudes para acceder a esta prestación ya van por el millón y que el 97% de ellas se están resolviendo favorablemente.

   El pasado 17 de marzo, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció el establecimiento de una prestación extraordinaria, distinta al cese de actividad ordinario, a la que pueden acogerse aquellos autónomos que hayan cerrado sus negocios por la crisis sanitaria o que hayan reducido de manera significativa su actividad.

   Los autónomos pueden solicitar esta nueva prestación cuando su actividad quede suspendida por la declaración del estado de alarma o cuya facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida, al menos, en un 75% en relación con el promedio de facturación del semestre natural anterior.

   La prestación tendrá una cuantía del 70% de la base reguladora (un mínimo de 661 euros), "aunque no se haya cumplido el periodo mínimo para acceder a la prestación por cese de actividad" y es compatible con cualquier otra prestación de la Seguridad Social que se viniera percibiendo.

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