La Audiencia de Girona descarta que vincular el independentismo con el nazismo sea delito de odio

Audiencia de Girona
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Publicado: viernes, 8 febrero 2019 12:30

   Enmarca unos comentarios de una tuitera en la libertad de expresión aunque puedan parecer "repugnantes"

   GIRONA, 8 Feb. (EUROPA PRESS) -

   La Sección Cuarta de la Audiencia de Girona ha rechazado investigar como delito de odio varios tuits de una usuaria en los que se vinculaba el movimiento independentista con el nazismo y se afirmaba que los 'judíos' eran los catalanes no independentistas, aunque pueda ser reprochable y parecer "repugnante".

   En un auto recogido por Europa Press, la Audiencia ha desestimado un recurso de apelación de H.P.T., un usuario de Twitter que denunció a la tuitera D.L.N. por un presunto delito de odio del artículo 510 del Código Penal en sus respuestas a un apunte suyo.

   El denunciante tuiteó el 25 de noviembre de 2017: "Como alemán, residente, siento vergüenza ajena y rabia de un estado, hasta lo más alto, que tolera y protege a los fascistas españoles. En Alemania hemos juzgado y condenado a los nazis. Allá, el saludo nazi, mostrar banderas e insignias e incluso tatuajes visibles es delito".

   A este comentario, la investigada le respondió con varios tuits, entre ellos uno que afirmaba: "Los únicos fascistas -nazis- eres tú y los que defiendes; han hecho de Catalunya una Alemania 1933. Los 'judíos' somos los catalanes (quienes viven y trabajan en Catalunya), no independentiztaz. Vete a Alemania a defender semejantes @KRLS --la cuenta del expresidente Carles Puigdemont--, Merkel te mete en una mazmorra por un tiempo".

   También le dijo: "¿Qué pasa? ¿Estás cobrando dinero independentizta, para hacerles la 'cama por el mundo'? Supongo que tu mamá era o es catalana nazionalizta? ¿A que resultas q eres hijo de un nazi emboscao en la Costa Brava?".

   La Audiencia considera que los comentarios de ambos tuiteros están amparados por el derecho a la libertad de expresión: "La libertad de expresión no solo es aquella que ampara las opiniones con las que estamos conformes o nos mostramos de acuerdo, sino que es menester exigirla, promoverla y ensalzarla respecto de aquellas otras opiniones con las que discrepamos" e incluso producen repulsión ideológica.

   En el caso de las respuestas de la denunciada, afirma el tribunal: "Criticar agriamente, con exageración y de muy malos modos, lo que la denunciada supone que es el componente independentista que pueda latir en el fondo del mensaje del denunciante no es más que el ejercicio de la misma libertad de expresión".

   "Puede parecer repugnante, nauseabundo e inmundo que se identifique la política independentista con la política nacional-socialista del Tercer Reich o con cualquier otra política fascista", afirma el tribunal, pero añade que ello no deja ser una crítica a las políticas que pretenden la independencia y con las que no está de acuerdo la denunciada.

   Y ello pese a que se pueda discrepar con ella al equiparar "lo que fue un genocidio ideológico y racial con una situación que no ha generado ni un solo muerto, y que es más exasperada en los telediarios que en la propia calle".