Barcelona quiere prohibir en las aceras 'segways' y aparatos similares durante 2017

La concejal de Movilidad de Barcelona, Mercedes Vidal
EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 9 noviembre 2016 18:46

Los reserva a mayores de 16 años y los de alquiler deberán tener registro y seguro

BARCELONA, 9 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Barcelona está trabajando en una propuesta de regulación de los ciclos de más de dos ruedas y vehículos de movilidad personal (VMP), como 'segways', que prevé prohibir que se desplacen por las aceras para que pasen a hacerlo por carriles bici o la calzada, en función de su categorización.

La concejal de Movilidad, Mercedes Vidal, ha explicado en un encuentro con periodistas antes de presentar la propuesta al sector y a vecinos que prevén que la normativa --que podría entrar en vigor el primer trimestre de 2017, previa aprobación en el pleno-- prohíba el uso de estos vehículos en la vía pública a menores de 16 años.

Han dividido los distintos aparatos en diversas categorías --a partir de un estudio de la UPC--, que establecen que los de tipo A son los que no superan los 20 kilómetros por hora, tienen una masa inferior a los 25 kilos y capacidad para una persona, entre otras características, como son plataformas con motor, ruedas eléctricas ('solowheel') y patinetes eléctricos pequeños.

Estos podrán circular por carriles bici, parques públicos y calles de plataforma única, y deberán llevar identificación si se trata de una actividad comercial o turística con ánimo de lucro, mientras que lo recomendarán en los casos de uso personal.

Los de tipo B serán los que tengan una velocidad máxima de 30 kilómetros por hora y una masa inferior a 50 kilos, como 'segways' y patinetes eléctricos grandes, que podrán circular por carriles bici, parques públicos, calles de plataforma única y la calzada de calles cuya velocidad esté limitada a 30 kilómetros hora, y también deberán estar registrados si es una actividad con ánimo de lucro.

La categoría C se reserva a ciclos de más de dos ruedas que alcancen como máximo 45 kilómetros por hora y los 300 kilos de peso, que luego se subdividen en tres: C0 para uso personal; C1 para transporte turístico de pasajeros, y C2 para mercancías.

La C0 podrá circular como una bicicleta --por lo que no podrán circular por aceras cuando termine la moratoria para las bicicletas en 2017--; la C1 por carriles bici cuando sea suficientemente ancho, calles de plataforma única y calzadas --excepto calles de red básica, de gran afluencia de tráfico--, y la C2 por carriles bici también cuando el ancho lo permita, calles de plataforma única y vías limitadas a 30 kilómetros por hora, además de en aceras de más de 4,75 metros únicamente para acceder a los locales para la distribución de mercancías.

GRUPOS LIMITADOS

La propuesta de regulación aboga por que los vehículos de tipo A y B, cuando se trate de una actividad económica --como su alquiler a turistas--, puedan circular en grupos de como máximo seis personas y un guía, y propone que los grupos de hasta dos personas y guía sigan las normas fijadas, pero que los de más de tres personas y guía y hasta seis puedan hacerlo sólo en rutas marcadas.

Estos itinerarios marcados para grupos todavía están por definir, han explicado, y han destacado que estos grupos de vehículos de movilidad personal deberán circular manteniendo como mínimo 50 metros de distancia entre ellos.

CASCO Y SEGURO

Deberán llevar casco los usuarios de vehículos de la categoría A en caso de que sea por actividad económica, y los de categoría B en todos los casos, mientras que la propuesta de regulación establece que todos los aparatos previstos deberán tener un seguro en caso de ser servicio de uso público y compartido y actividad comercial, turística o de ocio con ánimo de lucro.

Además de prohibir que menores de 16 años circulen con estos aparatos en la vía pública, también proponen que sólo puedan conducir mayores de edad en caso de transportar pasajeros: "Estos vehículos no son un juguete, son aparatos que tienen diversos niveles de peligrosidad", ha destacado Vidal.

La propuesta --que contempla que los distritos puedan hacer restricciones especiales si lo consideran necesario-- plantea infracciones leves de hasta 100 euros; graves --como incumplir velocidades, la edad permitida y el registro-- de hasta 200; y muy graves, de hasta 500 euros, como circular de forma temeraria, en zonas prohibidas o bajo los efectos del alcohol, sanciones que podrían recaer sobre el usuario o sobre la empresa que alquile los vehículos, según el caso.

En Barcelona existe una treintena de locales de alquiler de vehículos de movilidad personal, ubicados principalmente en el distrito de Ciutat Vella --sobre todo en los barrios de El Gòtic; La Barceloneta; Sant Pere, Santa Caterina i la Ribera, y el Raval, aunque en menor medida-- y en Sant Martí, especialmente en La Vila Olímpica del Poblenou.