El CGE estima que la ley estatal del tercer sector invade competencias de la Generalitat

Europa Press Catalunya
Actualizado: jueves, 17 diciembre 2015 13:14

BARCELONA 17 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Consell de Garanties Estatutàries (CGE) ha concluido que dos artículos de la Ley estatal del tercer sector de acción social y dos disposiciones "vulneran competencias de la Generalitat y plantean un trato discriminatorio hacia las entidades que no son de ámbito estatal", ha informado este jueves la Conselleria de Bienestar Social y Familia de la Generalitat.

En el dictamen solicitado por el Govern en noviembre, el CGE dictamina que los artículos 6 y 7 de la ley vulneran las competencias previstas en el Estatut y no encuentran amparo en la Constitución Española, como tampoco lo hace la disposición adicional sexta y la disposición transitoria única de la ley.

Según la conselleria, la normativa española aprobada en octubre establece una regulación marco de las entidades del tercer sector y define las medidas de fomento que los poderes púbicos podrán adoptar solo en favor de las que tengan ámbito estatal y actúan en más de una autonomía, y el texto excluye toda intervención autonómica en la aplicación de las medidas de fomento.

El CGE señala que la ley solo admite la ventaja de la posibilidad de acogerse a las medidas de liquidez previstas por las obligaciones de pago pendientes respecto a los proveedores de las autonomías a las entidades de ámbito estatal y que actúan en más de una comunidad, un hecho que excluye a las que solo actúan en Catalunya y que la Generalitat ve "un trato discriminatorio y totalmente injustificado".

Además, la ley concede directamente a determinadas entidades unas subvenciones para el sostenimiento de sus estructuras centrales, cinco meses después de que el Tribunal Supremo haya reconocido la competencia de la Generalitat para concederlas.

El dictamen del CGE resulta preceptivo con carácter previo a la interposición del correspondiente recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) si se llega al caso.

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