La Clínica Cima deberá pagar por las películas que emite a los pacientes ingresados

Europa Press Catalunya
Actualizado: martes, 8 marzo 2011 16:38

BARCELONA 8 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Barcelona ha confirmado la condena al Centro Internacional de Medicina Avanzada (Cima), que deberá pagar a Aristas Intérpretes Sociedad de Gestión (Aisge) por las películas que se emiten tanto en las habitaciones como en las salas comunes del hospital.

El Juzgado Mercantil número 6 de Barcelona condenó a Cima a pagar por estas emisiones desde enero de 2009, aunque el importe quedó pendiente de determinarse en la ejecución de la sentencia.

La clínica recurrió la sentencia, asegurando que no se trata de una comunicación pública, sino de "un ámbito estrictamente doméstico" y, por lo tanto, excluido del pago.

Cima considera que no puede hacerse una equiparación entre hotel-usuario y clínica-paciente, ya que un paciente no se hospeda en una clínica, sino que convalece.

Sin embargo, la Audiencia ha rechazado el recurso y ha confirmado la pena, ya que asegura que la televisión en una clínica es un servicio adicional y no obligatorio que se hace "a costa del uso de la comunicación pública de los contenidos protegidos por derechos de propiedad intelectual", por lo que queda justificado que esto genere una remuneración.

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