Condenado a siete años de prisión el padre de Claudia, la niña maltratada de Salou (Tarragona)

Actualizado: martes, 16 octubre 2007 22:04

TARRAGONA, 16 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado Penal número 3 de Tarragona ha condenado a siete años de prisión al padre de Claudia, la niña de siete meses de Salou a la que maltrató por lo menos en dos ocasiones causándole graves heridas, entre ellas una fractura craneal y otra de fémur.

El fallo obliga también al hombre, Richard R.B., a pagar 12.000 euros por las lesiones que causó a su hija y le prohíbe acercarse a la menor a menos de 500 metros durante diez años. El juez, sin embargo, le absuelve del delito de violencia familiar habitual del que le acusaba la Generalitat, que ejerce la acusación particular y tiene la tutela de la menor.

El caso de Claudia saltó a la luz pública en junio, cuando el acusado --que cuidaba de la pequeña durante el día mientras su madre estaba trabajando-- la zarandeó con violencia después de que se le cayera al suelo. La pequeña, que ahora tiene 11 meses, sufrió hemorragias en las retinas y una hemorragia intracraneal --propias del síndrome del 'niño zarandeado'--, además de una fractura parietal.

A consecuencia de la agresión, Claudia entró en 'shock' y Richard R.B. tuvo que llevarla al ambulatorio de Salou, desde donde la trasladaron en ambulancia al Hospital Joan XXIII de Tarragona.

Al día siguiente, la niña fue remitida al Hospital Sant Joan de Déu de Barcelona para ser atendida por el servicio de neurocirugía, donde se le apreció la citada fractura parietal. Claudia permaneció ingresada hasta el 9 de julio, aunque no se ha podido precisar si sufrirá secuelas neurológicas dada su corta edad.

Ésta, sin embargo, no fue la primera vez que la pequeña estuvo hospitalizada, ya que en abril ingresó en el Hospital Joan XXIII por sospecha de malos tratos, tras diagnosticársele un fractura de fémur y constatar indicios de una fractura anterior de tibia, así como hematomas en un glúteo, en la pierna izquierda y en el abdomen.

LESIONES DESDE PRINCIPIOS DE ABRIL A JUNIO.

Según quedó acreditado durante el juicio, a principios de abril la niña se le resbaló cuando la sacó del cochecito para cambiarla. El acusado impidió que la pequeña impactara contra el suelo agarrándola de la pierna derecha, lo que le causó una fractura de tibia.

Pocos días después, entre el 16 y el 18 del mismo mes, Richard R.B. retorció fuertemente la misma pierna de la menor, lo que le causó una fractura de fémur. Aunque externamente no se podía apreciar la fractura, durante tres días la menor estuvo triste, lloraba y se irritaba al ser cogida en brazos, aunque los padres no le dieron mayor importancia, al pensar que lloraba por el crecimiento de los dientes.

Fue la canguro, E.J.C.M., menor de edad, quien el 21 de abril alertó a los padres de que la niña tenía un pie hinchado. Aquella tarde los padres la llevaron al CAP de Salou, donde la visitó la pediatra. En un primer momento, los progenitores no querían desnudar a su hija ni explicar el motivo de las heridas.

Sin embargo, la médico observó que la niña presentaba también hematomas en el muslo, en el abdomen y en la frente y la derivó al Hospital Joan XXIII de Tarragona. Allí, los padres negaron cualquier agresión e incluso culparon a la hermana mayor, de cuatro años, de tirarse encima de Claudia.

Tras enyesarle la pierna, le dieron el alta, pero el informe médico fue remitido por fax al juzgado de guardia cinco días después.

Pocas semanas más tarde, el 10 de junio la niña volvió a caer, esta vez impactando contra el suelo, tras resbalarse del brazo de su padre, quien, con el otro brazo, intentaba coger el biberón.

Debido al golpe, la niña sufrió una fractura parietal izquierda y un hematoma malar, lo que le provocó convulsiones. El padre reaccionó rápidamente e intentó reanimarla con el boca a boca y agitándola con fuerza, lo que le provocó el llamado síndrome del 'menor zarandeado', con varias hemorragias en los ojos.

La menor entró en estado de 'shock', y su padre la llevó inmediatamente al CAP de Salou otra vez. La niña tenía varios hematomas y presentaba mirada perdida, poca reacción a los estímulos, rigidez en brazos y piernas y somnolencia. Por todo ello, fue trasladada de urgencias al Joan XXIII.

En un TAC en el hospital se le detectó una hemorragia intracraneal, un derrame subdural --probablemente debido a una lesión anterior-- y un hematoma en la cara. Para drenarle la hemorragia se la trasladó a la unidad de neurocirugía del Hospital Sant Joan de Déu de Barcelona.

Allí le detectaron también una fractura parietal izquierda, lo que demostró, casi con total seguridad, que las lesiones se debían a un maltrato de terceras personas, ya que la niña todavía no andaba ni se movía por sí sola. Tras varias semanas en observación, fue dada de alta el 9 de julio, aunque todavía están por determinar las secuelas neurológicas que podría sufrir.

TEMÍA PERDER LA CUSTODIA.

Ante todo ello, ratificado por los informes forenses y los médicos que atendieron a la niña, Richard R.B., cuabano de 24 años, y en situación ilegal, reconoció en el juicio que en dos ocasiones se le cayó la niña de los brazos y se provocó lesiones. Al mismo tiempo, asumió que "por miedo a que le quitaran a las niñas" escondió esta información ante la juez instructora. El acusado quiso dejar claro que "nunca" maltrató a sus hijas.

Por su parte, la madre, Aynadis M.T., afirmó que a pesar de no presenciar las caídas relatadas, cree la versión de Richard, y remarcó que "nunca" le vio sacudir o maltratar a las menores. Reconoció, eso sí, que en una ocasión, cuando Claudia ya estaba lesionada, llamó la atención a Richard porqué creía que "no tenía el cuidado necesario" con la niña. "Por irresponsable le sucedió esto", manifestó la madre.

El juez considera que el acusado es culpable de dos delitos de lesiones, la de abril y la de junio, pero no de un delito de violencia familiar habitual, ya que "no concurre la repetición o frecuencia que suponga una permanencia en el trato violento, no apreciándose que la víctima viva en un estado de agresión permanente".

Además, tiene en consideración la circunstancia agravante de parentesco, por lo que le impone la pena de tres años y medio de prisión y la prohibición de acercarse a ella durante cinco años por cada uno de los delito de lesiones.