Convivencia Cívica advierte de que la sentencia es "muy clara" y el castellano deberá ser vehicular

Abogado De Convivencia Cívica Catalana, Ángel Escolano
EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 7 marzo 2012 19:33

Avisa de que la Generalitat sólo podrá interponer un recurso contra la forma y no el fondo del tema

BARCELONA, 7 Mar. (EUROPA PRESS) -

El abogado de Convivencia Cívica Catalana (CCC), Ángel Escolano, ha advertido este miércoles de que la sentencia dictada por el Tribunal Sipremo (TS) sobre la inmersión lingüística es "muy clara", por lo que Catalunya tendrá que incorporar el castellano como lengua vehicular en las aulas además del catalán, ha previsto.

En declaraciones a los medios, ha augurado que el fallo no tiene que ser otro que ratificar la ejecución que hay en marcha, ya que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) no puede revisar lo que ya ha fallado el TS: "Sería un contrasentido jurídico".

Reiterando que la sentencia no deja lugar a duda, ha remachado que no hay más que una interpretación, que es cumplir el fallo que el Supremo emitió en 2010 en el que obligaba a la Generalitat a incorporar el castellano como lengua vehicular.

Por ello, cree que la resolución del TSJC prevista para mañana --sobre el recurso que la Generalitat interpuso a la interlocutoria del mismo TSJC en la que le instaba a cumplir el fallo-- solamente obligará a la Generalitat a "tomar las medidas necesarias" para implementar el castellano como lengua vehicular.

Además, Escolano ha asegurado que esta resolución tendrá efectos para todas las escuelas catalanas, ya que su impugnación ante el TS era de tres casos particulares pero afecta indirectamente al reglamento, por lo que el margen interpretativo es muy escaso.

"Las setencias se han de cumplir una vez dictadas, la Generalitat no la recurrió en su momento al TS no sabemos por qué, y ya es una sentencia firme, sólo se está mirando cómo se ejecuta", ha remachado.

Sea cual sea la resolución del tribunal, Escolano ha asegurado que la Generalitat solamente la podrá recurrir por "su forma de ejecución, pero no sobre el fondo".