BARCELONA, 27 May. (EUROPA PRESS) -
La defensa del exsecretario de Organización del PSC Daniel Fernández ha alegado ante el Tribunal Supremo, en su petición de absolución, que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) silenció pruebas que lo exculpan y sostiene que no condicionó en 2012 a la entonces alcaldesa de Montcada i Reixac (Barcelona), Maria Elena Pérez, para 'enchufar' en el Ayuntamiento a una excargo del tripartito.
En su recurso de casación presentado en el Supremo y al que ha tenido acceso Europa Press, los abogados argumentan que la decisión de contratar como directora de Patrimonio en el Consistorio a Carmina Llumà "estaba tomada con carácter previo a toda intervención" de Fernández.
Se basa en que la alcaldesa ya se había reunido con las psicólogas del equipo de recursos humanos el 18 de mayo de 2012 --para elegirla frente a otra candidata--, mientras que la cita con Fernández fue a las 12 horas del mismo día, según se extrae de las declaraciones en juicio de Pérez y de las testificales de la que era concejal de recursos humanos y del director de este área.
La defensa del socialista considera que el tribunal en su sentencia silenció "radical y completamente con grave quebranto de garantías constitucionales" estas supuestas pruebas de descargo.
El TSJC condenó a finales de marzo al exalcalde de Sabadell Manuel Bustos, a su hermano y entonces concejal, Francisco Bustos, y a Fernández a un año y cuatro meses de cárcel por someter a Pérez a "un verdadero asedio persuasivo e insidioso" para contratar a Llumà.
LOS BUSTOS Y PÉREZ RECURREN
El exalcalde de Sabadell ha recurrido también la sentencia por considerar los indicios insuficientes: "La prueba practicada es absolutamente débil, insuficiente, incapaz de acreditar con la certeza que se exige para producir condena, que Don Manuel Bustos Garrido ejerciera una 'presión moral eficiente' sobre la acción o decisión de la alcaldesa", sostiene su escrito al que ha tenido acceso Europa Press.
También ha recurrido ante el Supremo Francisco Bustos --condenado por tráfico de influencias, igual que su hermano y Fernández-- y la entonces alcaldesa de Montcada; en su caso, la pena fue por prevaricación.
El tribunal había visto en la actuación de Fernández y los hermanos Bustos "un inadmisible favoritismo auspiciado y fundado en criterios de amiguismo político", pues Llumà había sido cargo del Govern tripartito y mujer del jefe de la asesoría jurídica del Ayuntamiento de Sabadell.