La abogada Marina Roig, vicepresidenta de la comisión de mujeres del Colegio de la Abogacía de Barcelona (Icab), el 3 de octubre de 2022. - EUROPA PRESS
BARCELONA, 3 Nov. (EUROPA PRESS) -
La vicepresidenta de la comisión de mujeres del Colegio de la Abogacía de Barcelona (Icab), la abogada Marina Roig, ha valorado este jueves que "faltan medios" para aplicar la Ley de garantía integral de la libertad sexual, conocida como ley de 'solo sí es sí'.
"Encuentras muchas cosas en el papel para las que después, en la vida cotidiana, faltan medios", ha dicho Roig al preguntársele qué echa en falta de la nueva ley en declaraciones a los periodistas con motivo el II Congreso del Icab sobre violencia machista, centrado en esta ley.
Ha puesto como ejemplo que la nueva norma prevé que en los juzgados de guardia haya oficinas de valoración integral forense, unas instalaciones de las que por ahora no se dispone.
También ha contado que la ley fija que todas las víctimas de violencias sexuales tengan derecho a un abogado de oficio durante todo el procedimiento, independientemente de sus ingresos, lo que requerirá más recursos para el turno de oficio y para aplicarse se deja un plazo de un año para modificar la ley de asistencia jurídica gratuita.
En este sentido ha recordado que en Catalunya ya se garantiza la asistencia jurídica gratuita a todas las víctimas de delitos sexuales pero solo al principio del procedimiento: en comisaría antes de presentar la denuncia y al día siguiente en el juzgado de guardia.
SE ELIMINA EL ABUSO SEXUAL
La nueva ley elimina el delito de abuso sexual, que pasa a estar incluido en la agresión sexual, lo que ha comportado cambios en las horquillas de las penas que se imponen por este delito.
En algunos casos se ha reducido la pena mínima para adecuarla a hechos que hasta ahora eran penalizados con penas más bajas (los abusos) y también se han rebajado las penas máximas de otros, como la agresión sexual, que hasta ahora se penalizaba con entre 1 y 5 años de cárcel y la nueva ley la castiga con entre 1 y 4.
"Puede provocar en determinados supuestos algún goteo de solicitudes de revisión de condena, por ejemplo de delitos como la violación diciendo que el actual Código Penal es más benévolo o prevé penas más bajas", ha explicado Roig respecto a casos de condenas que ya aplicadas que superen el nuevo máximo que prevé la ley.
Ha apuntado que en cada caso concreto el juez deberá valorar si se modifica o no la pena, y cree que en los casos en los que haya bajado la pena máxima "la revisión será casi automática, pero cuando ha rebajado el mínimo el juez tiene margen de maniobra para no revisar la condena".