+++Ingresa en prisión el ex juez Luis Pascual Estevill, condenado a 9 años de prisión por extorsión

Actualizado: viernes, 20 octubre 2006 16:18

BARCELONA, 20 Oct. (EUROPA PRESS) -

El ex juez Luis Pascual Estevill ingresó hoy en la cárcel de Quatre Camins, en La Roca del Vallès (Barcelona), para cumplir la pena de 9 años y cuatro meses de cárcel que le impuso el Tribunal Supremo (TS) por extorsión.

Estevill ingresó en la cárcel sobre las 13 horas y de forma voluntaria, según informaron a Europa Press fuentes de la Conselleria de Justicia, tras recibir el martes la orden del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) y después de que el pasado 26 de septiembre ya lo hiciera el abogado penalista Joan Piqué Vidal, juzgado en el mismo proceso y condenado a 7 años de cárcel.

EL SUPREMO RATIFICA LA CONDENA DEL TSJC.

El pasado 22 de septiembre, el TS confirmó las penas de prisión de 9 años y cuatro meses y de 7 años impuestas por el TSJC, respectivamente, a Pascual Estevill y a Piqué Vidal, por el caso de corrupción judicial más grave detectado en España, ocurrido en la primera mitad de los años 90, mientras el primero ejerció en Terrassa (Barcelona) y en la Ciudad Condal.

El Alto Tribunal mantuvo las penas de prisión de los principales imputados, condenados por los delitos de prevaricación, cohecho, detención ilegal y amenazas condicionales, si bien en uno de estos últimos ilícitos, relativo al 'caso Macosa', el Supremo entendió que fue una detención ilegal frustrada.

Así, el Supremo estimó el recurso de casación presentado por la acusación ejercida por Eduardo Santos Andrés y cambió las amenazas condicionales relativas a él por un delito frustrado de detención ilegal. El TSJC entendió que Santos no fue objeto de detención ilegal en grado de ejecución alguna, porque sólo se dictó contra él prisión provisional, pero el Alto Tribunal tiene en cuenta el oficio dictado por Estevill en el que ordenaba a la Guardia Civil su detención. Es decir, que el ex juez realizó todos los actos necesarios para que se realizara la detención, aunque finalmente no se produjera.

Sin embargo, el Alto Tribunal no modifica las penas, "en congruencia con lo solicitado por el recurrente, que califica la corrección de 'mero ajuste técnico'", por lo que, en opinión del Alto Tribunal, "no ha de producirse sino tal clase de ajuste". El único cambio significativo en las condenas impuestas se limitó a que la suspensión para ejercer como abogado con la que se condenó a Piqué se rebajó de tres a dos años.

La sentencia de casación mantuvo los hechos declarados probados por el TSJC, es decir, que Piqué Vidal y Estevill acordaron extorsionar a diversos empresarios entre 1990 y 1994, cuando Estevill era, primero el titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Terrassa (Barcelona), y después el titular del Juzgado de Instrucción número 26 de Barcelona, y Vidal era un "afamado" abogado barcelonés.

CONDENAS ANTERIORES.

Estevill contaba ya con una condena firme de 7 años de cárcel por delito fiscal de enero de 1999 y otra de 6 años de inhabilitación como juez por prevaricación continuada de julio de 1996.

La condena confirmada de Estevill es por un delito continuado de prevaricación judicial en concurso con detención ilegal, cohecho continuado en concurso con amenazas condicionales y alzamiento de bienes. En total, la pena para Estevill asciende a 9 años y 4 meses de prisión, 15 años y 4 meses de inhabilitación y multa de 1.803.036,31 euros.

Piqué Vidal fue condenado por delitos de prevaricación judicial continuada en concurso con detención ilegal, cohecho continuado en concurso con amenazas condicionales y prevaricación de abogado. El Supremo ha confirmado los 7 años de prisión y la multa de 908.730,30 euros que se le impusieron y ha rebajado a dos años su inhabilitación como abogado.

El TSJC también condenó a Juan Vives Rodríguez de Hinojosa a multa de 426.718,59 euros como cómplice en un delito de cohecho, pena que ahora ha sido confirmada. El hijo de Estevill, al igual que otros acusados, pactó con el fiscal una pena de 1 año de cárcel y multa de 9.720 euros por un delito de alzamiento de bienes.