El abogado de Arantxa Sánchez Vicario, Borja Vives Iborra - EUROPA PRESS
BARCELONA, 5 Nov. (EUROPA PRESS) -
La titular del Juzgado de lo Penal 25 de Barcelona ha desestimado la petición de un particular que aseguró ser el legítimo propietario del barco embargado judicialmente al exmarido de Arantxa Sánchez Vicario, Josep Santacana, y ha acordado mantener la medida cautelar, según el auto al que ha tenido acceso Europa Press.
El juzgado ordenó el embargo del yate en mayo para garantizar el pago de una indemnización conjunta de 6,6 millones de euros al Banco de Luxemburgo tras condenar a la extenista y a su exmarido por un delito de alzamiento de bienes por ocultar su patrimonio para no resarcir una deuda de 7,5 millones de euros con la citada entidad bancaria.
Además de la responsabilidad civil, Arantxa Sánchez Vicario fue condenada a 2 años de prisión --que no cumplirá a condición de no reincidir--, mientras que a su exmarido se le impusieron 3 años y 3 meses de cárcel.
El 14 de octubre se celebró una vista a instancias del que decía ser el nuevo propietario de la embarcación, en la que tanto el abogado del Banco de Luxemburgo como la Fiscalía pidieron que se mantuviese la medida cautelar, mientras que el particular pidió que se levantara el embargo que pesaba sobre el yate 'Ra'.
Ahora, en la misma línea de lo que argumentó durante la vista el representante legal del Banco de Luxemburgo, la jueza sostiene en el auto que la declaración del particular corrobora "las sospechas de que se trata de un testaferro usado para ocultar la titularidad real de la embarcación, esto es, que la misma sigue siendo titularidad de Josep Santacana".
Se basa en que cuando se impuso la medida judicial, la titularidad del yate figuraba a nombre de una sociedad interpuesta, cuyas acciones detentaba un testaferro y sobre el que pesaba una hipoteca de una sociedad de la que es titular Santacana.
Fue posteriormente cuando se aportó documentación al juzgado en la que figuraba una "supuesta venta" el 13 o 14 de octubre de 2022 por parte de la sociedad a este particular, al que vendieron acciones de la misma por valor de 50.000 euros, una operación que resulta "más que sospechosa", según la titular.
UNA CIFRA "TOTALMENTE ILUSORIA"
La jueza sostiene que la suma de 50.000 euros es "totalmente ilusoria", teniendo en cuenta que se trata de una embarcación de lujo, cuya venta se ofertaba en las redes por 2.400.000 euros, y que no se ha acreditado el pago de dicha cantidad ni a la sociedad vendedora ni al titular de las acciones.
La jueza considera que las declaraciones del supuesto propietario "carecen absolutamente de credibilidad", pues no aclaró cuál es su actividad económica y dijo que se enteró de la oportunidad de compra del barco por un intermediario, que tuvo que viajar a Miami, y que dio 5.000 euros de entrada por un barco que, aunque no funcionaba, estaba bastante bien y que fue al llegar cuando supo que estaba en muy malas condiciones.
"Resulta absurdo que se quiera justificar el ridículo precio de la compra por el mal estado en el que estaba el barco y a la vez manifieste que en el momento de la compra no estaba tan mal y que vio una oportunidad de negocio para poder alquilar el barco a terceros", argumenta la jueza.
En este sentido, el particular lamentó que durante 3 años ha tenido que abonar numerosas reparaciones y que justo antes del embargo judicial el yate estaba reparado para poder alquilarlo y sacarle beneficio, pero "lo cierto es que no consta que haya efectuado las reparaciones necesarias", pues en las fotografías se acredita que sigue teniendo fugas de agua y está en mal estado.
ESTABA HIPOTECADO
La jueza también pone el foco en que el nuevo propietario omitiera durante la vista que sobre la embarcación había una hipoteca de 650.000 euros naval inscrita en el Registro de Jamaica en favor de una sociedad de la que es titular Josep Santacana.
Y, por último, subraya que el único patrimonio del que dispone el supuesto comprador de la embarcación es la mitad de un piso en Barcelona que fue embargado en mayo de 2022 --el mismo año en el que se efectuó la compra del barco-- por la Agencia Tributaria por una deuda de más de 300.000 euros.
Por todo ello, sostiene que es "sospechoso" que en dicha situación económica pudiera permitirse la compra de una embarcación de lujo, desestima el levantamiento del embargo y condena al particular a abonar las costas.
LA VOLUNTAD DE ARANTXA
El día de la vista, el abogado de Arantxa Sánchez Vicario, Borja Vives Iborra, que asistió como público, sostuvo en declaraciones a Europa Press que debía mantenerse el embargo acordado pues, según los indicios expuestos por el letrado del Banco de Luxemburgo, se trataba de una suerte de compraventa "en las antípodas de los cánones de transparencia y rigor jurídico que se supone que deben tener".
Además, recordó que la extenista continúa pleiteando en Miami para reclamar parte de su patrimonio que entiende que ha sido "apropiado indebidamente o distraído" por Santacana y que es de su interés que se pueda pagar la responsabilidad civil.
En este sentido, recordó que si no se mantenía el embargo y no se podía pagar parte del crédito al Banco de Luxemburgo, estarían ante otra "maniobra patrimonial evasiva que perjudica al Banco de Luxemburgo y por supuesto a Arantxa Sánchez Vicario, dado que el yate le pertenecía".