BARCELONA 4 Jul. (EUROPA PRESS) -
La juez de Primera Instancia número 4 de Manresa (Barcelona) ha ejecutado provisionalmente la sentencia que otorga la custodia de una niña de ocho años a su padre para que supere la fobia que siente hacia él, y da a la madre un plazo de dos días, que finaliza a las 20 horas de hoy, para que la entregue a los abuelos paternos, con quienes vivirá durante el próximo mes mientras retoma la relación con su padre.
La decisión de la juez de Manresa llegó el pasado lunes, una semana después de que el padre de la pequeña, Jesús D.R., solicitara la ejecución de la sentencia, y se basa en el "interés superior" de la menor, "que para esta juzgadora ha de estar por encima de cualquier otro en el presente pleito". La resolución es firme y la madre sólo puede formular su oposición a ella en los próximos cinco días.
Según el auto, la madre de la niña, Adriana L.A., tiene dos días para llevar a su hija junto a sus abuelos paternos, plazo que finaliza hoy a las 20.00 horas. Antes de entregar a la pequeña, la mujer deberá comunicarlo al juzgado y, para que el trámite se realice "con la menor tensión posible para la niña y su entorno", la entrega tendrá lugar en el despacho de los forenses adscritos al juzgado.
La pequeña debe acudir acompañada por Adriana L.A. o por una persona de su confianza y allí la estarán esperando una forense y una pediatra, quienes, a su vez, la entregarán a sus abuelos "de forma inmediata". En caso de la que la madre no cumpla con su obligación, la juez ordenará a los Mossos d'Esquadra la entrega forzosa de la menor y se abrirá un proceso penal contra Adriana L.A. por un presunto delito de desobediencia grave a la autoridad judicial.
SITUACIÓN "QUE ROZA EL MALTRATO INFANTIL".
La juez argumenta su decisión en base a los dictámenes de los cinco peritos médicos que intervinieron en el proceso de divorcio de los padres de la menor, quienes "afirman la existencia de una relación absolutamente deteriorada de la niña con el padre".
Según el auto, además, "las tres periciales médicas valoradas en la sentencia por su rigor científico como más adecuadas para intentar poner fin a ese deterioro" constatan que la niña vive una situación "que roza el maltrato infantil y la deja en consecuencia en situación de desamparo".
Por otra parte, la juez señala que la madre "es perfectamente conocedora de sus obligaciones de entrega", ya que en diciembre de 2006 se dictó un auto de medidas provisionales que contenía "en lo esencial" las mismas medidas para ella y, "no sólo no las ha cumplido, sino que ni siquiera y desde entonces ha facilitado contactos entre la menor y el padre".
Para la magistrada, el hecho de que Adriana L.A. haya hecho caso omiso de "las numerosas peticiones de Jesús D.R. y del juzgado" es una muestra más de que "los propios actos de la madre contradicen la formulación de una solución más pausada, que es la que ha fracasado definitivamente en los últimos cuatro años".
RECURSO DE LA FISCALÍA.
El auto de la juez de Manresa, sin embargo, recuerda que, pese a la ejecución provisional de la sentencia, ésta todavía no es firme, ya que la fiscal la ha impugnado ante la Audiencia de Barcelona. En su recurso, además de solicitar que la niña siga con su madre, pide que ambos progenitores y su hija se sometan a terapia y que, mientras tanto, el padre la visite sólo los sábados en un Punto de Encuentro Familiar sin que la madre esté presente.
La Fiscalía argumenta que la juez no ha tenido en cuenta el resultado de la prueba pericial "objetiva" e "imparcial" que el Servicio de Asesoramiento Técnico en el Ámbito de la Familia (SATAF) de la Generalitat aportó al proceso de divorcio, que fue ratificado durante la celebración de la vista oral y concluye que el cambio de la guarda y custodia a favor del padre "no era viable por el desconocimiento entre ambos, no siendo beneficioso para la menor".
En base a este dictamen, la Fiscalía pide que se revoque la sentencia y se atribuya la custodia a Adriana L.A., acordándose una pensión alimenticia de 360 euros mensuales a cargo del padre. La fiscal también solicita que los tres se sometan a terapia en la Conselleria de Acció Social, que dispone "de los medios técnicos y personales necesarios".
Asimismo, deberá remitirse periódicamente al juzgado de Manresa un informe valorativo sobre la situación y sobre cómo transcurren las visitas y, una vez superada dicha fase, considera la fiscal que se debería fijar un régimen ordinario de visitas a favor del padre "atendiendo a las necesidades y edad de la menor".
"Todo ello --señala el recurso--, sin perjuicio de que, depende de cómo vayan transcurriendo los acontecimientos y de cómo sean los informes remitidos al juzgado sobre el desarrollo del régimen de visitas, se interese una modificación de medidas, bien en cuanto a la guarda y custodia, bien en cuanto al régimen de visitas".