Maragall dice que "los señores" de la COPE "se han pasado mucho" y celebra la admisión a trámite de su querella

Europa Press Catalunya
Actualizado: jueves, 19 enero 2006 19:03

BARCELONA 19 Ene. (EUROPA PRESS) -

El presidente de la Generalitat, Pasqual Maragall, celebró hoy que la Audiencia de Madrid haya ordenado la admisión a trámite de la querella que presentó contra la COPE y el programa 'La Linterna' por un presunto delito de injurias graves y señaló que "estos señores se han pasado mucho". "Hay cosas en la vida que no gusta hacer pero cuando hay que hacerlas se hacen", añadió.

En declaraciones a Punto Radio recogidas por Europa Press, Maragall aseguró que la COPE "no me quita el sueño porque no la pongo" pero sí manifestó que "estos señores se han pasado mucho". Por ello, consideró una victoria el simple hecho de que la querella se haya admitido a trámite.

Las "Seguidillas del engreimiento. Palabras de Pasqual Maragall" que leyó en el programa "La Linterna" de la Cope el colaborador habitual 'Fray Josepho' el 4 de julio de 2005, contenían frases como las siguientes: "La sensatez a veces se me quiebra y es como consecuencia de la ginebra", "mi ego se exalta si trinco demasiado güisqui de Malta" u "otras veces me paso con el coñac y pienso, jactancioso, que soy un crack".

El Juzgado número 47 de Madrid desestimó el pasado 28 de noviembre la querella presentada por Maragall a título personal contra la Cope y el director de "La Linterna", César Vidal, al considerar que en la sátira emitida por este programa, en la que se hacía un paralelismo entre un fraile que se declaraba ávido bebedor y el presidente de la Generalitat, no existía un ánimo de injuriar, "sino ánimo satírico o de crítica mordaz".

Maragall recurrió en apelación ante la Audiencia de Madrid, la cual, basándose en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, considera que la emisión de las "coplillas o seguidillas" por el programa radiofónico es injuriosa. "Resulta injurioso, objetivamente considerado, atribuir al querellante la condición de bebedor más que abusivo, atribución que lesiona el núcleo esencial de su dignidad", señala el auto de la Audiencia madrileña.

Añade el tribunal que dicha lesión "trasciende en el presente caso el ámbito de la función pública" que desempeña Maragal como presidente de la Generalitat. El artículo 208 del Código Penal tipifica como delito de injuria grave "la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación".

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