BARCELONA, 31 Ene. (EUROPA PRESS) -
La Conselleria de Educación de la Generalitat reforzará la tutoría y el acompañamiento del profesorado interino y sustituto con una actualización del curso de iniciación, así como del periodo de prueba inicial que tiene que superar este profesorado, que incluirá "necesariamente" la observación de sus clases por parte del tutor.
Según una resolución que publica este jueves el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (Dogc), se unifican en una norma la regulación referente al curso de iniciación --que siguen los docentes el primer curso en que hayan sido nombrados-- y la prueba inicial, ha informado el departamento en un comunicado.
La unificación incluirá los requisitos para la prueba de idoneidad de los docentes interinos que no superen la evaluación --un hecho que no estaba regulado--, e implica reforzar y potenciar la figura del tutor como garantía que el acompañamiento sea de la mayor calidad posible.
La resolución incluye novedades como que la planificación del tutor incluya "necesariamente" la observación de las clases y actividades realizadas por los interinos, y prevé que los interinos observen o participen en las actuaciones del tutor u otros profesionales del centro para lograr competencias profesionales.
En lo que se refiere al curso de iniciación, destaca en la fase de tutoría que ésta ha de ser planificada y debe formar parte de los protocolos o planes de acogida del profesorado de cada centro, y que la responsabilidad de la tutoría recaiga en profesorado con experiencia.
En el nombramiento de los tutores se tendrá que priorizar el profesorado con competencias profesionales que garanticen el logro de los objetivos del curso de iniciación.
La normativa refuerza mecanismos ya existentes e introduce otras nuevas para fortalecer el acompañamiento del tutor durante este periodo.
Una de estas novedades es la obligación de los tutores de facilitar a los docentes, inmediatamente después de ser nombrado, la información sobre los aspectos principales de la tutoría, los rasgos esenciales del procedimiento de evaluación y los criterios y descriptores.
La fase de evaluación también actualiza los elementos que rigen la evaluación de la competencia docente del personal interino y sustituto y amplía las fuentes de información que se tienen en cuenta para llevarla a cabo.
OBSERVACIÓN DEL INSPECTOR
Como novedad, se prevé "necesaria" la observación por parte del inspector de la labor del docente en los casos donde el tutor advierte una carencia de aptitud.
La evaluación también tendrá que considerar la capacidad de mejora ante las recomendaciones recibidas o las valoraciones de otros profesionales con los que el interino o sustituto haya trabajado en actividades del centro.
Asimismo, la resolución incluye las características de la prueba de idoneidad del docente que no haya superado la evaluación, que hasta ahora no habían sido determinadas, y que implicará una mayor seguridad jurídica de los afectados.