Publicado 15/01/2021 16:50

Archivada la querella del ex líder de Vox Melilla que acusó a sus compañeros de grabarle críticas a Abascal

Edificio de los juzgados V Centenario en Melilla
Edificio de los juzgados V Centenario en Melilla - EUROPA PRESS - Archivo

MELILLA, 15 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Melilla ha decretado el sobreseimiento libre y el archivo de la querella del ex presidente de Vox en la ciudad, Jesús Delgado Aboy, contra dos diputados de su formación por un supuesto delito de descubrimiento de secretos.

El proceso se inició después de que Jesús Delgado a Javier Da Costa Solís y Juan Carlos Escoz, tras acusar a los que fueran sus compañeros de estar detrás de la difusión de las grabaciones de conversaciones en las que arremetía contra Vox-España y su líder Santiago Abascal diciendo que su ya ex partido está "para el lucro de cuatro personas". En dichos audios de distintas conversaciones, que fueron divulgados en medios de comunicación en enero de 2020, Delgado comentaba que "si nos echan, España entera sabrá cómo funcionan" y señalaba que el "único cometido" de la dirección nacional es "recaudar, recaudar, recaudar y recaudar".

Según el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el juzgado ha señalado, en sus fundamentos de derecho, que "las actuaciones practicadas acreditan la inexistencia de indicios racionales de haberse perpetrado el hecho que ha dado lugar a la formación de la presente causa".

Entre las razones que da el tribunal, señala en primer lugar que la querella que se presentó no aportó acto de conciliación requerido por la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM) para aquellos delitos que necesiten de denuncia del perjudicado, como es el de revelación y descubrimiento de secretos. "Aún así se le dio plazo de una audiencia al querellante para que pudiera presentarlo, sin embargo no lo hizo. Por tanto, adolece el procedimiento de un claro defecto formal" ha apuntado el auto judicial.

Por otro lado, ha añadido la misma sentencia, el querellante presentó una serie de documental, no con el escrito inicial sino posteriormente, a los nueve meses, con "documentos que nada tienen que ver con los hechos descritos en la querella y que no suponen en absoluto indicio alguno de hecho delictivo".

Y, por último, ha subrayado que el querellante solicitó la testifical del abogado Felipe Castillo, "por haber sido integrante del partido político Vox, sin embargo, por las propias actuaciones y declaraciones del mismo, se deduce de una manera clara y tajante que el mismo no actúa no como testigo sino como parte". Por tanto, ha destacado el juzgado, su declaración, que tuvo lugar el pasado 7 de enero de 2021, "está completamente viciada, careciendo de objetividad e imparcialidad" ha resaltado la sentencia.

Por todo ello, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Melilla ha señalado que, de acuerdo con la LECRIM, procede acordar el sobreseimiento libre y el archivo de las mismas. La sentencia podrá ser recurrida mediante interposición de recurso de reforma en el plazo de tres días ante dicho órgano judicial, y/o de apelación, subsidiario o por separado, en el plazo de cinco días.

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