PAMPLONA, 13 Jun. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Nacional autorizó en un fallo conocido ayer el
llenado del embalse de Itoiz ya que considera de imposible ejecución
legal la sentencia del Tribunal Supremo, que limitaba el llenado del
vaso. Así, se da vía libre para que la lámina de agua alcance la cota
590, con el aforo máximo previsto en el proyecto.
Este auto supone la remoción del último obstáculo legal para la
puesta en funcionamiento del embalse de Itoiz después de varios años
de litigios entre las Administraciones del Estado y de Navarra, de
una parte, y la Coordinadora de Itoiz y las entidades locales
opuestas al proyecto, de otra.
Como se recordará, el 29 de septiembre de 1995 la Audiencia
Nacional, a instancias de la Coordinadora de Itoiz y de los
ayuntamientos de la zona, consideró ilegal el embalse y el 6 de marzo
de 1996 prohibió provisionalmente el llenado del vaso.
El proceso judicial continuó y el 17 de julio de 1997, el Tribunal
Supremo anuló dicha sentencia por considerar que la tramitación del
proyecto del embalse era legal desde el principio. No obstante,
estimó que la lámina de agua podía afectar a las zonas de protección
de tres reservas naturales, por lo que limitó el llenado.
El entramado judicial que ha rodeado la construcción del embalse
llegó hasta el Tribunal Constitucional ante la duda de que la Ley
foral de Espacios Naturales, de 1986, hubiera sido modificada en 1996
para hacer legal el pantano en las dimensiones proyectadas. Las
bandas de protección de las reservas naturales de la zona fueron
suprimidas ese año.
La legislación española prevé que una sentencia pueda quedar
incumplida cuando "aparezca un impedimento legal o material
insalvable y que dicha causa haya aparecido con posterioridad a la
sentencia". El auto de la Audiencia Nacional acepta este argumento y
reconoce que en el presente caso concurren los presupuestos para
declarar la imposibilidad legal de ejecución de la sentencia.