Publicado 09/07/2026 16:10
- Comunicado -

Alquiler de temporada en la Costa Blanca; la alternativa que están descubriendo los propietarios

Alquiler de temporada en la Costa Blanca; la alternativa que están descubriendo los propietarios
Alquiler de temporada en la Costa Blanca; la alternativa que están descubriendo los propietarios - Fidalsaholidays
(Información remitida por la empresa firmante)

Madrid, 9 de julio de 2026.- Fidalsa Holidays analiza por qué cada vez más propietarios de Alicante —y también de Valencia— recurren al alquiler de temporada como fórmula legal, flexible y rentable para sus viviendas.

Si se es propietario de una vivienda en la Costa Blanca, es probable que en el último año se haya oído hablar más que nunca del alquiler de temporada. No es casualidad. Entre los cambios normativos que ha vivido el alquiler turístico y las rigideces del alquiler de larga duración, cada vez más propietarios de Alicante —y también de la provincia de Valencia— están descubriendo en esta fórmula intermedia una manera de rentabilizar su vivienda con más tranquilidad y menos complicaciones.

Desde Fidalsa Holidays, especialistas en gestión de alquiler vacacional en España con más de una década de experiencia en la Costa Blanca, se explica qué es exactamente el alquiler de temporada, qué ventajas ofrece frente a otras opciones y qué deben tener en cuenta los propietarios para hacerlo correctamente.

Qué es el alquiler de temporada y por qué interesa a los propietarios

A diferencia del alquiler turístico —pensado para estancias de hasta diez días y sujeto al registro en Turisme Comunitat Valenciana, la obtención del Número de Registro de Uso Turístico (NRU) y, desde abril de 2025, a la aprobación de la comunidad de propietarios—, el alquiler de temporada se rige por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) para usos distintos del de vivienda habitual. Permite estancias de once días a varios meses, sin necesidad de inscripción turística, dirigidas a personas que necesitan una vivienda por un periodo determinado y por un motivo concreto: un desplazamiento laboral, una estancia formativa, un tratamiento médico o unas vacaciones prolongadas.

Para el propietario, esto se traduce en varias ventajas prácticas:

Mayor rentabilidad que el alquiler de larga duración: Las tarifas por temporada no están sujetas a los límites de actualización por IPC ni a las restricciones de precios en zonas tensionadas, lo que permite ajustar la renta a la demanda real.

Más flexibilidad sobre la propia vivienda: El propietario recupera el uso del inmueble al finalizar cada periodo pactado y puede decidir, temporada a temporada, el destino que le da: alquiler de temporada, alquiler turístico en los meses de mayor demanda, o uso propio.

Menor riesgo de impago y de ocupación irregular, uno de los principales temores del arrendamiento tradicional, gracias a estancias más cortas y contratos con garantías adicionales.

Menos carga operativa que el alquiler turístico puro, al tratarse de estancias más largas que reducen la frecuencia de limpiezas, cambios de huéspedes y gestión diaria.

Trámites más ágiles: No exige NRU ni la aprobación de la comunidad de propietarios, siempre que el contrato refleje con claridad el motivo de la temporalidad.

La Costa Blanca, epicentro de este cambio

Los datos confirman que la provincia de Alicante lidera este movimiento dentro de la Comunitat Valenciana. Según el último informe de HOSBEC, la patronal turística valenciana, Alicante concentra el 63% de toda la oferta de vivienda turística de la región, con Torrevieja como principal núcleo. A escala nacional, la provincia es la segunda de España en volumen de vivienda turística, con un 9% del total.

En los últimos meses, el sector ha vivido además un intenso proceso de reordenación: según el INE, la provincia de Alicante contaba en noviembre de 2025 con 29.697 viviendas turísticas activas en las principales plataformas, frente a un máximo de 44.589 en agosto de 2024. Este ajuste responde al esfuerzo de propietarios y gestores por adaptarse a la nueva normativa autonómica —Decreto 10/2021 y Decreto-ley 9/2024—, que ha reforzado los requisitos del alquiler turístico de corta estancia: informe de compatibilidad urbanística, seguro de responsabilidad civil y, en muchos edificios, el voto favorable de la comunidad de propietarios.

En ese contexto, muchos propietarios alicantinos están encontrando en el alquiler de temporada una vía complementaria: menos exigente en trámites que el turístico de corta estancia, y considerablemente más rentable y flexible que el alquiler de larga duración.

Hacerlo bien, la clave

El buen funcionamiento del alquiler de temporada depende de aplicarlo correctamente. El contrato debe dejar constancia expresa del motivo que justifica la temporalidad de la estancia, y no puede utilizarse para encubrir una vivienda habitual bajo otra figura. Cumplida esta condición, se trata de una modalidad plenamente legal y reconocida por la Ley de Arrendamientos Urbanos, que ofrece a los propietarios de la Costa Blanca y de toda la Comunitat Valenciana una fórmula seria para rentabilizar su vivienda con seguridad jurídica.

Desde Fidalsa Holidays se recomienda a todo propietario que valore esta opción asesorarse bien antes de dar el paso, para elegir en cada caso la modalidad —turística, de temporada o de larga duración— que mejor se adapte a sus objetivos, a las características de su vivienda y a la normativa vigente en su municipio.

 Emisor: Fidalsaholidays
Contacto: Fidalsaholidays
Número de contacto: +34965916119

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