MADRID, 8 Jul. (EUROPA PRESS) -
Mediante Carta Notarial. Los Registros habilitados para la entrega de los certificados de eficiencia energética, tienen la obligación de poner a disposición del ciudadano de una base de datos oficial de Técnicos Competentes.
El Real Decreto 235/2013 indica que el Técnico Competente es elegido libremente por la propiedad del edificio, o parte de este. Por ello, se establece en su Disposición Transitoria tercera, punto 1, párrafo 2º que el Registro Autonómico pondrá a disposición del público registros actualizados periódicamente de técnicos competentes o de empresas que ofrezcan los servicios de expertos de este tipo (estamos a la espera de que nos determinen que quiere decir "expertos de este tipo" ) . Establece este RD que es el ciudadano quien elige libremente como propietario del edificio, o parte de este, al Técnico Competente que le va a realizar la certificación energética.
Por ello, ASECE ha puesto en marcha un mecanismo para notificar periódicamente los Técnicos que han de ser incluidos en ese fichero obligatorio y público, para que el ciudadano esté debidamente informado. Además se procede a realizar la notificación mediante Carta Notarial, pues pretendemos que exista un formato de notificación oficial y que se evite el pretexto de la inexistencia de comunicación.
Para más información:
Asociación Española para la Calidad
en la Edificación - ASECE-
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