Audiencia de Alicante condena a cinco años de cárcel a un camarero de un bar de Benidorm por intentar matar a un cliente

Archivo - Sede de la Audiencia Provincial de Alicante, en la plaza del Ayuntamiento de la ciudad, en una imagen de archivo
Archivo - Sede de la Audiencia Provincial de Alicante, en la plaza del Ayuntamiento de la ciudad, en una imagen de archivo - EUROPA PRESS - Archivo
Europa Press C. Valenciana
Publicado: jueves, 31 julio 2025 12:40

   ALICANTE, 31 Jul. (EUROPA PRESS) -

   La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a cinco años de cárcel por un delito de homicidio en grado de tentativa a un hombre que trabajaba como camarero en un 'pub' de Benidorm por intentar matar a un cliente. El penado no podrá acercarse a menos de 300 metros de la víctima ni comunicarse con él por ningún medio durante seis años.

   Además, deberá pagarle 42.500 euros como indemnización por los días de perjuicio personal y las secuelas que sufrió a consecuencia de la agresión. La sentencia no es firme y se puede recurrir ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

   Los hechos ocurrieron poco antes de las 02.00 horas de la madrugada del 2 de octubre de 2022 en un local de ocio de Benidorm, cuando, tras una discusión, el ahora condenado salió de la barra con un objeto cortante y, con ánimo de matar a la víctima o, al menos, contemplando la posibilidad de acabar con su vida, le golpeó en el cuello con dicho objeto. El perjudicado sufrió lesiones graves que pusieron en riesgo su vida.

   Las heridas le afectaron a la zona maxilar y cervical, le produjeron sangrado de la arteria carótida y lesionaron un nervio de la laringe. Necesitó ser intervenido quirúrgicamente de urgencia y, tras la operación, fue ingresado en una unidad de cuidados intensivos (UCI) y tardó 36 días en curarse de las heridas.

SECUELAS

   A consecuencia del ataque, a la víctima le quedaron como secuelas la parálisis de una cuerda vocal, lo que le provoca una alteración en la voz, y varias cicatrices localizadas en el mentón y en la base del cuello, según ha informado el TSJCV.

   En la resolución, la sala mantiene que los hechos descritos son constitutivos de un delito de homicidio en grado de tentativa, algo que concluye a partir de las manifestaciones de la víctima y de dos testigos que ofrecieron declaraciones "creíbles", "persistentes y uniformes en sus respectivas versiones que se complementan entre sí, resultando coherentes con el resultado lesional que establece el informe médico forense".

   Los magistrados sentencian que el condenado actuó con intención homicida al dañar, según los resultados forenses, la carótida, que es "una conducción sanguínea esencial para la vida", aunque el resultado mortal se evitó "por la rápida y diligente intervención médica posterior".

   El tribunal descarta la apreciación de la legítima defensa en la actuación del condenado por la mecánica de la agresión que consta en los informes médicos, "pues se trata de un acometimiento posterior a la discusión y efectuado de manera inopinada".

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