La Audiencia condena a 10 años de cárcel a un hombre y a 9 a su hijo por disparar y herir a un familiar en un cumpleaños

Europa Press C. Valenciana
Actualizado: jueves, 6 febrero 2014 17:58

VALENCIA 6 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a diez años de cárcel a un hombre y otros nueve a su hijo por disparar y herir gravemente a un familiar que participaba en una fiesta de cumpleaños de una niña de tres años en Puerto de Sagunto (Valencia).

En concreto, el primero está condenado a ocho años de prisión por un delito de homicidio en grado de tentativa y a otros dos por tenencia ilícita de armas, mientras que su hijo a ocho años de prisión por el primer delito y a un año por el segundo. Asimismo, deberán indemnizar conjunta y solidariamente con 120.000 euros a la víctima, que sufrió heridas que afectaron a funciones vitales y estuvo 218 días de baja. Asimismo, deberán pagar 750 euros a la menor que celebraba su cumpleaños ya que, como consecuencia de la pólvora, padeció lesiones en los ojos.

Según consta en la sentencia de fecha 31 de enero, los hechos ocurrieron en la noche del 21 de octubre de 2011 cuando en un domicilio de Puerto de Sagunto se celebraba la fiesta del tercer cumpleaños de una niña y, durante su transcurso, se produjo una discusión en la vía pública entre uno de los asistentes y un vecino de la misma calle, que era pariente de algunos de los participantes.

Al finalizar la discusión, tal y como consta en los hechos probados, los asistentes a la fiesta se encerraron en el interior de la vivienda, mientras que el vecino de la misma calle y su hijo cogieron dos pistolas y, actuando de común acuerdo, comenzaron a disparar contra la fachada y la entada del inmueble.

Tres de los disparos se introdujeron por la ventana de la vivienda y alcanzaron a uno de los asistentes al cumpleaños, sobrino del primer procesado y primo del segundo, quien en esos momentos llevaba en brazos a su hijo de dos años, que no sufrió lesión alguna. Como consecuencia del impacto, el herido sufrió dos heridas en región torácica y otra en el fémur derecho.

Estas lesiones afectaron a funciones vitales y, según la Audiencia, de no haber recibido atención médica urgente, hubieran ocasionado su fallecimiento. Este hombre requirió tratamiento médico y quirúrgico para la extracción de los proyectiles y necesitó 218 días para su curación, de los que 13 fueron de hospitalización.

Por su parte, la menor de tres años que celebraba su cumpleaños padeció, como consecuencia de la pólvora de los disparos, lesiones consistentes en hemorragia subconjuntival y erosión conjuntival en el ojo derecho que precisaron una primera asistenta facultativa y que tardaron 15 días en curar.

Tal y como consta en la sentencia, los hechos son legalmente constitutivos de un delito intentado de homicidio. La defensa del padre acusado, sin embargo, sostiene que se trató de un enfrentamiento entre su representado y el herido, en el que ambos se dispararon mutuamente. Asimismo, el acusado reconoció que los disparos que hirieron a su sobrino eran suyos, pero de rebote, porque no quería herirle. El otro acusado, su hijo, aseguró que se limitó a disparar al aire y que no tenía intención de causar daño.

"REVELADOR DEL BLANCO AL QUE IBAN LOS DISPAROS"

Sin embargo, según señala la Audiencia, "el hecho mismo de que la víctima recibiera los tres disparos cuando se encontraba en el interior de la vivienda, no puede ser más revelador del blanco al que iban dirigidos los disparos". También rechaza que hubiera enfrentamiento mutuo, dado que "no existe ningún impacto de bala en la fechada de la casa de los procesados.

Por otro lado, indica que el estado de ánimo del acusado y los sentimientos que albergaba respecto a la familia que celebraba el cumpleaños, así como el número de disparos, entre otros factores, "confirman que ambos procesados asumieron y aceptaron la muerte de cualquiera de las personas que se encontraban en el interior de la habitación hacia la que dirigían los disparos". Debido a que no se produjo este resultado, la ejecución quedó en grado de tentativa. Asimismo, los procesados también están acusados de un delito de tenencia ilícita de armas.

El Ministerio Fiscal solicitó nueve años y medio de prisión para cada uno de los acusados por el delito de homicidio en grado de tentativa y, además, otros dos años y seis meses de prisión para el padre y 18 meses para el hijo por tenencia ilícita de armas. Asimismo, la acusación particular reclamaba en total doce años y medio de cárcel para el primero y once para el segundo.

Por su parte, la defensa del hijo solicitó su absolución, mientras que la del padre describió los hechos como constitutivos de un delito de lesiones y alegó la circunstancia eximente de trastorno mental transitorio. Sin embargo, "la contundencia del dictamen emitido por las médicos forenses no deja resquicio a la más mínima duda sobre la posible afectación de la inteligencia o voluntad del acusado", señala la Audiencia.

Por tanto, considera que aunque sufre un trastorno adaptativo ansioso depresivo, no tiene alteraciones de julio, ni tiene alteradas las bases psicobiológicas de imputabiidad.

Contenido patrocinado