El Ayuntamiento de València reconoce abierto el expediente para seguir tramitando la Entidad Local Menor para Benimàmet

Publicado: miércoles, 17 abril 2019 17:58

   VALNCIA, 17 Abr. (EUROPA PRESS) -

   El Ayuntamiento de Valncia ha reconocido "abierto" el expediente para continuar la tramitación del procedimiento encaminado a declarar la pedanía de Benimmet Entidad Local Menor atendiendo a la legislación anterior a 1985, como se solicita desde este núcleo de población y como defiende la Comisión Promotora para la Constitución del Nuevo Municipio, Benimmet Poble.

   Así, el consistorio reconoce pendiente de resolución y no caducado el procedimiento iniciado con este fin por medio de una solicitud presentada en enero de 2008, a través del registro de entrada municipal, por un vecino de la pedanía. La vigencia de esta solicitud mantiene viva la posibilidad de que Benimmet, perteneciente a la ciudad de Valncia, sea declarada Entidad Local Menor.

   De este modo se colmaría tanto la voluntad de dicho ciudadano como de Benimmet Poble, que desde hace unos veinte años reclama que este núcleo de población de la capital valenciana se segregue de ella como municipio independiente y de no ser así que, teniendo en cuenta la normativa de 1985 y no la de 2013, se declare Entidad Local Menor con "personalidad jurídica propia" para poder tener capacidad de "autogobierno", de "elección de alcalde" y "presupuestos" que gestionar. Benimmet Poble presentó al Ayuntamiento expediente de segregación en julio de 2001.

   La administración local reconoce "abierto" el expediente para continuar la tramitación dirigida a declarar la pedanía como Entidad Local Menor en la moción que la concejala de Pueblos de Valncia, Consol Castillo, ha presentado a la Comisión de Participación, Derechos, Innovación Democrática y Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento que se celebrará este jueves.

   "Quiere decir que el Ayuntamiento reconoce que el expediente para pedir la Entidad Local Menor no estaba caducado ni finalizado y que por tanto estaba abierto", ha manifestado Consol Castillo, que ha agregado que, "en consecuencia, supone que Benimmet puede acogerse en esta solicitud a la legislación que había antes de 2013". "A partir de ahora será el pueblo de Benimmet el que tiene abierta la posibilidad de caminar por ese proyecto de pedir si quiere ser o no Entidad Local Menor", ha resaltado la concejala.

TEXTO DE LA MOCIÓN

   La iniciativa de Castillo, consultada por Europa Press, propone que se acuerde "reconocer que le procedimiento iniciado con la solicitud de fecha 15 de enero de 2008 presentada por José Simón Gómez en el registro de entrada del Ayuntamiento no se resolvió ni se declaró caducado".

   Asimismo, la edil plantea aprobar que se entiende que "el procedimiento para la declaración del núcleo de población de Benimmet como Entidad Local menor se inició el 15 de enero de 2008" y que "aún no ha sido resuelto ni declarado caducado".

   Con ello, como precisa la moción, "no se le aplica el régimen jurídico posterior a la Ley de 27/2013, Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, sino el propio de la redacción inicial de la Ley 7/1985 reguladora de las bases de Régimen Local, que configuraba las entidades locales menores como verdaderas entidades locales".

"AUTOGOBIERNO"

   En este sentido, la iniciativa de Consol Castillo subraya, como ha resaltado siempre Benimmet Poble, que según la ley de 2013 "el núcleo de población que antes del 1 de enero de 2013 hubiera iniciado el procedimiento para su constitución como entidad de ámbito territorial inferior al municipio, una vez se constituya, lo hará con personalidad jurídica propia y con la condición de Entidad Local". Esta característica posibilita, como reclama la comisión, "poder elegir al alcalde, tener presupuestos propios y autogobierno".

   Con todo, en su moción la edil, plantea "continuar la tramitación del procedimiento para la declaración del núcleo de población de Benimmet como Entidad Local Menor conforme a la legislación aplicable a 15 de enero de 2008" y así atendiendo a la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases de Régimen Local, a las disposiciones vigentes "en materia de régimen loca aprobado por Real Decreto 781/1986, de 18 de abril" y "al Reglamento de Población y Demarcación Territorial aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio".