Archivo - Vista del Residencial Les Naus - Joaquín Reina - Europa Press - Archivo
ALICANTE, 11 May. (EUROPA PRESS) -
La acusación popular que ejerce el partido Ciudadanos en la causa que investiga las adjudicaciones de viviendas de protección pública (VPP) en el residencial Les Naus de Playa de San Juan, en Alicante, ha pedido a la jueza que deniegue a la Generalitat su petición de personarse en el procedimiento como acusación particular.
Así se recoge en un escrito fechado el pasado 8 de mayo, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que esta formación política alega contra el hecho de que el gobierno autonómico, del PP, haya pedido a la jueza que acepte su personación mediante esa fórmula para "no ser un mero testigo del proceso penal" y "poder intervenir activamente como parte procesal afectada".
Según Ciudadanos, permitir que la Generalitat se persone como acusadora particular le permitiría "intervenir en interrogatorios de sus propios funcionarios o técnicos con una posición de parte, pudiendo condicionar las declaraciones para salvaguardar el prestigio de la institución".
Además, cree que esa solicitud del Consell "envenena la pureza del proceso penal, introduce intereses extrajurídicos y genera un conflicto de intereses insalvable entre su deber de transparencia y su estrategia de parte acusadora".
"Su exclusión es la única vía para garantizar un proceso con todas las garantías y evitar que la administración utilice la jurisdicción penal como un escudo para sus propias responsabilidades", ha apuntado Ciudadanos.
"DEBE SER RECHAZADA DE PLANO"
La formación resalta que "la pretensión de la Generalitat Valenciana de personarse como acusación particular debe ser rechazada de plano", por "carecer de la cualidad" de "ofendida" o "perjudicada" en los "términos estrictos que exige la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la jurisprudencia que la interpreta".
En este sentido, añade que "la jurisprudencia del Tribunal Supremo establece" que el concepto de "ofendido" se circunscribe "exclusivamente al titular del bien jurídico directamente lesionado por la acción delictiva".
También señala que, "en el presente caso, el bien jurídico protegido por los delitos que se investigan en torno" a la promoción de Les Naus, como "prevaricación, malversación o fraude, según el caso, entre otros más", es "la probidad administrativa y el recto funcionamiento de la función pública".
"Estos bienes son, por definición, de carácter colectivo y supraindividual", resalta, para posteriormente hacer hincapié en que la administración autonómica no es propietaria de la "probidad", sino su "garante". "Por tanto, su posición jurídica es la de un gestor de la legalidad, no la de una víctima que haya sufrido un menoscabo en su esfera patrimonial privativa", ha apostillado.
Y ha continuado: "El interés público no es equivalente al perjuicio particular. Si se permitiera a la Generalitat Valenciana personarse como acusación particular por el mero hecho de que se investiguen irregularidades en su ámbito de competencia, se produciría una hipertrofia acusatoria, donde la administración tendría un doble papel de juez (en vía administrativa) y parte (en vía penal)".
En esta línea, considera que el gobierno autonómico "actúa en este proceso" como "titular de la competencia", pero "no" como "titular del derecho lesionado", y que "el sujeto pasivo de un presunto fraude en VPP no es la administración que redacta la norma, sino, en todo caso, la colectividad de ciudadanos o el erario público en abstracto".
Ciudadanos cree que, para que la Generalitat pudiera ser considerada "ofendida", el "delito tendría que haber recaído sobre bienes de su patrimonio privado o demanial de forma singularizada" y "no" sobre la "gestión" de un programa de vivienda. "Nuestro Tribunal Supremo en su jurisprudencia es tajante, pues explica que cuando el bien jurídico es difuso, la administración no puede ocupar el lugar del ofendido directo", ha añadido.
"REDUNDANTE E INNECESARIA"
También menciona que el artículo 124 de la Constitución encomienda al Ministerio Fiscal la "misión" de "promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley".
Al respecto, ha abundado en que, "dado que la Generalitat Valenciana parece ser que intenta con su personación defender precisamente" ese "interés público" y la "legalidad" en materia de vivienda, "su personación como acusación particular resulta redundante e innecesaria, pues esa función ya está constitucionalmente asignada al Ministerio Público".
"Generaría un desequilibrio procesal (ruptura de la igualdad de armas), al permitir que dos instituciones públicas ejerzan la misma función bajo etiquetas distintas, con una duplicidad de esfuerzos acusatorios públicos que no encuentra amparo en la naturaleza del perjuicio alegado", ha proseguido.
Ciudadanos entiende que el "perjuicio" que la Generalitat podría alegar es que "determinadas viviendas no cumplieron con su fin social o que hubo una desviación en la aplicación de las ayudas", pero cree que, "sin embargo, esto constituye una frustración de la función pública, no un menoscabo de la titularidad dominical" de la administración autonómica.
Del mismo modo, resalta el Consell que "no ha concretado", "ni puede concretar", "qué partida presupuestaria ha sido detraída de su patrimonio neto de forma que le genere un derecho de crédito directo contra los investigados".
Desde este partido han insistido en que, "para que exista perjuicio patrimonial, debe existir una relación de propiedad o posesión", y que, "en la promoción de Les Naus, los bienes inmuebles están destinados a ser transferidos o gestionados en beneficio de terceros (ciudadanos con derecho a vivienda)" y, "por tanto", la Generalitat "no ha sufrido una disminución de su activo (los edificios no han desaparecido de su esfera de control por un robo o estafa directa contra su caja), ya que lo que se investiga es una presunta irregularidad en la adjudicación o gestión, lo cual es un ilícito de carácter puramente público o de probidad".
"La Generalitat no ha aportado un informe de fiscalización que determine un 'quantum' indemnizatorio directo a su favor. De admitirse su personación como acusación particular, se permitiría que una entidad que ostenta potestades administrativas (como la de recuperación de oficio o sanción administrativa) se posicione en el proceso penal para reclamar una indemnización por un daño que ya tiene cauces de reparación administrativos propios", ha aseverado.
Y ha indicado: "Al no existir una merma en el patrimonio privativo de la Generalitat Valenciana, sino una supuesta quiebra de la legalidad administrativa, la pretensión de personarse como perjudicada carece de sustento fáctico y jurídico, debiendo ser rechazada".
"INTENTO DE FRAUDE PROCESAL"
Desde Ciudadanos también han alegado, frente a esa petición de la Generalitat, que aceptar su personación como acusación particular basándose en su "interés por la legalidad" supone "una vulneración flagrante del principio de igualdad de armas", al tiempo que ha incidido en que la institución autonómica "ya dispone de privilegios exorbitantes en el tráfico jurídico", como "potestad sancionadora, capacidad de inspección y capacidad de ejecución forzosa".
"La pretensión de la Generalitat de ser acusación particular es un intento de fraude procesal", creen desde la acusación popular que ejerce Ciudadanos, que ve una "diferencia técnica insalvable" entre, por un lado, la "legitimación por competencia" de la administración autonómica "para inspeccionar Les Naus, sancionar administrativamente o retirar calificaciones de VPP", como "legitimación extraprocesal", y, por otro, la "legitimación por perjuicio", que "es la que exige" la ley "para ser parte en el proceso penal".