El CJC insta a Educación a indemnizar a un niño que se cayó del tejado de los vestuarios del instituto

Europa Press C. Valenciana
Actualizado: sábado, 22 septiembre 2012 14:23

VALENCIA 22 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Consell Jurídic Consultiu (CJC) ha instado a la Conselleria de Educación a indemnizar con 15.166,38 euros a la familia de un niño que en octubre de 2008, a los 12 años de edad, se subió al tejado de los vestuarios de su instituto y cayó al suelo desde una altura de dos metros. Como consecuencia del traumatismo abdominal sufrido, el menor tuvo que ser trasladado al hospital y se le extirpó el bazo.

Según el dictamen, recogido por Europa Press, los hechos sucedieron el 3 de octubre de 2008, cuando el alumno de primero de la ESO se encaramó al tejado del vestuario junto a otros compañeros para jugar y se precipitó al vacío. El niño, que permaneció inmovilizado y bajo la supervisión de los profesores hasta que fue trasladado al Hospital de Elche (Alicante), tuvo que ser intervenido de urgencias.

Seis días más tarde, el niño recibió el alta hospitalaria, aunque no regresó a las aulas hasta mediados de noviembre. Le quedaron como secuelas, además de la pérdida del bazo, una cicatriz de más de 20 centímetros en el abdomen y debe someterse a controles anuales en cuanto a la epitisiolisis por posibles deficiencias de crecimiento.

Por ello, la madre del menor presentó una reclamación al considerar la responsabilidad patrimonial de la Conselleria de Educación, que el CJC ha estimado. El órgano consultivo señala, en primer lugar, que los vestuarios son un elemento "falto de protección" y "no deja de comportar un elemento de riesgo" para los usuarios, por lo que entiende que constituyó "el factor principal de la caída del hijo de la reclamante".

Aunque el Consell Jurídic Consultiu admite que la Administración no tiene responsabilidad por daños sufridos a raíz de hechos "espontáneos o imprevisibles", explica que este principio opera "siempre que no se hayan acreditado elementos singulares de peligrosidad que requieran del personal docente un especial cuidado".

En este caso en concreto, señala que "las deficiencias de las instalaciones del colegio, así como la falta de vigilancia del personal (...) se considera decisiva en la producción del hecho lesivo".

Así, una vez reconocida la responsabilidad de la Administración, el CJC fija la indemnización en 15.166,38 euros, cantidad propuesta por la Comisión de Valoración del Daño personal de la Conselleria, frente a la petición de la madre del menor, que reclamaba 30.000 euros.

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