Condenada a ocho meses de prisión una mujer de Villena por impedir que su ex marido visitase a su hijo durante tres años

Europa Press C. Valenciana
Actualizado: miércoles, 4 enero 2006 18:45

MADRID 4 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Penal número 1 de Alicante ha condenado a ocho meses de prisión a una mujer de la localidad de Villena que impedía "sistemáticamente y sin justificación" que su ex marido visitase a su hijo, actualmente de ocho años, como disponía el régimen de visitas establecido tras la separación de la pareja en 1999. La mujer había impedido que el padre viese a su hijo desde verano de 2002.

Así lo acuerda el tribunal en una sentencia en la que consta que el padre llegó a interponer hasta 62 denuncias entre 1999 y 2004, cada una referida a una o varias ocasiones en las que había acudido a visitar a su hijo al domicilio de su ex mujer, pero ésta no le había abierto la puerta para que saliese el niño.

La Fiscalía consideró inicialmente los hechos como un delito de sustracción de menores, por el que solicitaba una pena de dos años de prisión y la retirada de la patria potestad de la madre por un periodo de cuatro años. La acusación particular, por su parte, pedía que se la condenase a cuatro años de cárcel e inhabilitación para la patria potestad durante diez años.

Como el comportamiento de la acusada cambió "sustancialmente" desde diciembre de 2005, permitiendo las visitas paternas, tanto el fiscal como la acusación particular modificaron sus conclusiones y calificaron los hechos como un delito de desobediencia grave, por el que rebajaban la pena que solicitaban a ocho meses de prisión y llegaron de esta forma a una sentencia de conformidad.

En la sentencia de separación matrimonial de septiembre de 1999, se acordaba que el padre viese a su hijo los sábados y domingos alternos, desde las 10 a las 21 horas, debiendo pasar siempre la noche en el domicilio de su madre. En la resolución de divorcio de noviembre de 2003 se ampliaba el régimen de visitas, y se permitía al padre tener en su compañía al menor uno de cada dos fines de semana.

Como la madre incumplía estas medidas, el Juzgado de Primera Instancia de Villena conminó en dos autos judiciales a que la madre diese cumplimiento inmediato al régimen de visitas. En el último de ellos, de octubre de 2003, se imponía a la madre una multa mensual de 180 euros si no permitía a su ex marido visitar a su hijo.

Pese a los requerimientos judiciales, la acusada no permitió nunca que su hijo se relacionase con su padre, al que no veía desde verano de 2002.

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