El Consejo de Consumidores hará de interlocutor con el Consell para defender los intereses de los usuarios

Constitución Del Consejo De Consumidores Y Usuarios
EUROPA PRESS
Actualizado: lunes, 19 noviembre 2012 14:32

VALENCIA, 19 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Consumidores y Usuarios de la Comunitat Valenciana, que se ha constituido este lunes, servirá de interlocutor con el Gobierno valenciano para defender los intereses de la población, "garantizar la calidad y seguridad de los productos y servicios" y "prevenir problemas futuros".

Así, lo ha explicado este lunes el conseller de economía, Máximo Buch, tras la reunión de constitución de este órgano, a la que asistió el presidente de la Generalitat, Alberto Fabra, que estará compuesto por miembros del Consell y de asociaciones de consumidores.

Al respecto, Buch ha destacado que su constitución supone "un hito" porque "garantiza la calidad y seguridad de los servicios" que se prestan en la Comunitat y "da un canal de comunicación a los consumidores, que somos todos".

Además, ha resaltado que supone "un efecto dinamizador sobre la Economía" porque "tener productos y servicios de calidad da tranquilidad al consumidor y por tanto es un estímulo para el consumo" y "a su vez defiende a las productos españolas frente a empresas de fuera de menor calidad". Buch ha señalado que este Consejo, aprobado por unanimidad de les Corts, será "complementario" al Observatorio del Comercio ya que "una cosa es el canal de distribución y otra el consumidor"

Por su parte, el presidente de la Asociación Valenciana de Consumidores y Usuarios (Avacu), Fernando Móner, ha resaltado que un órgano que "necesitaba" la Comunitat valenciana para poder "reflejar la situación de los consumidores" valencianos y que "haya un mercado con unas reglas de juego, de competencia".

Móner ha señalado que este Consejo "no tiene nada que ver con ningún otro órgano de consumidores ya existente" ya que "podrá abordar temas tan dispares como los desahucios, productos financieros o cualquier problema que afecta a la población".

Sobre todo, ha señalado que "servirá de interlocución de modo que en lugar de que los consumidores hablen por separados con la Conselleria de Sanidad, o con la de Justicia", "existe este órgano que puede actuar de interlocutor con los departamentos de la administración para resolver problemas y adelantarse a estos problemas.

De hecho, ha recalcado que "lo más importante" es "crear unas normas que permitan evitar problemas dentro en cinco años" y en este sentido ha barruntado que si hubiera existido este consejo con unas reglas adecuadas "se podría haber evitado casos como el de Afinsa".

Móner ha apuntado que la agenda de los consumidores está "llena de asuntos" entre los que se ha referido a "los desahucios, las nuevas tecnológicas y los fraudes que se cometan con ellos o la formación de los consumidores para que no tengan los mismos problemas en un futuro".

En suma, ha sintetizado, se trataría de que el trabajo diario que realizan todas las asociaciones "se debe volcar en el Consejo, apoyarlo por unanimidad y a partir de ahí sacar las normas, con prioridad para los colectivos más vulnerables".

FUNCIONES

Así, al Consejo de Consumidores y Usuarios de la Comunitat Valenciana le corresponde actuar como órgano de consulta y asesoramiento de la Generalitat en materia de protección y defensa de los consumidores y usuarios, realizar el seguimiento y valoración de la evolución del sistema de protección de los consumidores y usuarios, y proponer la realización de estudios, informes y propuestas normativas o de actuación que se consideren de interés para los consumidores y usuarios y evaluar los resultados.

Asimismo, deberá conocer e informar de los proyectos de ley y de disposiciones de carácter general que afecten directamente a los derechos e intereses de los consumidores y usuarios, solicitar información de las administraciones públicas competentes sobre materias de interés general o sectorial que afecten a los consumidores y usuarios e impulsar la colaboración con otros organismos análogos, administraciones públicas y entidades públicas o privadas, aprobar, en su caso, su propio reglamento de organización y funcionamiento, y cuantas funciones les sean atribuidas por otras disposiciones.

El Pleno del Consejo se reunirá, como mínimo, en sesión ordinaria convocada por su Presidencia, dos veces al año. Podrá reunirse, además, en sesión extraordinaria, cuando lo convoque la Presidencia, a iniciativa propia o a solicitud de, al menos, seis de los vocales.