Consell.- Aprobado el decreto que regula la libre elección de facultativo y centro de salud

Europa Press C. Valenciana
Actualizado: viernes, 24 marzo 2006 18:27

VALENCIA 24 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno valenciano aprobó hoy el decreto que regula la libre elección de facultativo y centro sanitario y que garantiza, según explicó el conseller de Sanidad, Vicente Rambla, el derecho de los ciudadanos de la Comunidad Valenciana a cambiarse de médico de familia, pediatra, especialista, centro de salud, centro de especialidades y hospital.

A este decreto se puede acoger cualquier ciudadano que esté empadronado en la Comunidad Valenciana, disponga de tarjeta SIP y tenga derecho a asistencia sanitaria.

Rambla, que compareció en la rueda de prensa posterior a la reunión del pleno del Consell, indicó que con esta medida "damos respuesta a una demanda de los usuarios que venía desde hace tiempo" y, junto con la posibilidad de pedir cita en un centro de salud a través de mensajes de móviles, "hacemos más accesible la sanidad" a los ciudadanos. A este respecto, avanzó que en "próximas semanas" se aprobará el decreto de segunda opinión médica.

Entre las limitaciones al derecho de libre elección, figuran que el médico elegido rechace la solicitud por motivos justificados o que preste servicios en un centro situado en un departamento de salud distinto al que el ciudadano tiene asignado por domiciliación.

Además, indicó que no se aceptaría el cambio si el cupo de pacientes del médico estuviera cubierto para no "sobrecargar a un profesional que trabaje bien o mucho".

El conseller también explicó que este sistema se podrá utilizar en casos concretos o en procesos crónicos, con independencia de que el ciudadano pueda acudir a sus especialistas habituales para el resto de patologías.

Por otro lado, el decreto especifica que no se podrá solicitar un nuevo cambio hasta transcurridos 6 meses del primero. Además, el cambio de médico especialista sólo será válido para el proceso patológico para el que se solicita.

Tanto para la atención especializada como para primaria, la solicitud se puede presentar en el mostrador de información del centro y hospital, en el Servicio de Atención e Información al Paciente (Saip), en el Registro General de la Conselleria de Sanidad o en cualquier otro registro de la Generalitat o de ayuntamientos de la Comunidad.

La solicitud deberá ser contestada en el plazo de un mes y, si no fuera así, se consideraría aceptada por "silencio administrativo favorable", apuntó Rambla.

Si la Agencia Valenciana de Salud, por razones organizativas, cambia de médico, pediatra o centro a un ciudadano, transcurridos tres meses del cambio, éste puede solicitar el médico, pediatra o centro que anteriormente tenía asignado.

OFERTA DE EMPLEO

Asimismo, Rambla avanzó la aprobación por parte del Gobierno valenciano de una oferta de empleo del personal estatutario adscrito a las instituciones sanitarias de la conselleria de Sanidad que asciende a 2.236 plazas.

De éstas, precisó que 330 corresponden al grupo A; 26 a los grupos A y B; 164 al grupo B; 119 al grupo C; 922 al grupo D, y 675 al grupo E. Además, señaló que el objetivo de la medida es reducir la temporalidad y mejorar la estabilidad de los profesionales sanitarios.

Esta oferta de empleo está constituida por plazas vacantes y dotadas económicamente en los presupuestos de la Generalitat para este ejercicio. Podrán convocarse también aquellas que se produzcan como consecuencia de la aplicación de la ley 53/1984 de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y normas de desarrollo, cuya provisión sea imprescindible para el buen funcionamiento de los servicios.

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