El Consell eleva las rentas que pueden beneficiarse de las deducciones del IRPF en gastos deportivos y de salud

El portavoz del Consell y conseller de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca, Miguel Barrachina, en la rueda de prensa posterior al pleno del Consell
El portavoz del Consell y conseller de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca, Miguel Barrachina, en la rueda de prensa posterior al pleno del Consell - GVA
Europa Press C. Valenciana
Publicado: viernes, 27 febrero 2026 13:33

    VALÈNCIA, 27 Feb. (EUROPA PRESS) -

   El Consell ha aprobado este viernes un decreto ley que modifica la Ley 13/1997 del impuesto autonómico sobre la renta de las personas físicas (IRPF) con el objetivo de ampliar el ámbito de aplicación de las deducciones por gastos sanitarios, deportivos y relacionados con enfermedades crónicas o raras.

    La medida eleva el límite de ingresos para poder aplicar estas deducciones desde los 32.000 hasta los 60.000 euros en declaraciones individuales y desde los 48.000 hasta los 78.000 euros en declaraciones conjuntas o familiares.

   El portavoz del Consell, Miguel Barrachina, ha explicado tras el pleno que esta modificación permitirá que el 90% de los valencianos se beneficie de deducciones en el impuesto de la renta. "Esta nueva rebaja del IRPF, que supuso en la última campaña de la renta que 670.000 valencianos se ahorrasen 67 millones de euros, va a vivir una nueva extensión para alcanzar a nuevos colectivos a rentas medias y, por lo tanto, habríamos bajado ya el impuesto de la renta dos veces", ha destacado.

   Esta medida permitirá incrementar hasta alrededor de un millón el número de beneficiarios por estas deducciones y tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025, por lo que será efectiva en la campaña de la renta de 2026 que comienza el próximo 8 de abril.

   Barrachina ha recordado que esta rebaja del IRPF se suma a las reducciones ya aplicadas en el impuesto de sucesiones y donaciones --extendidas a hermanos y a la sucesión de empresas y explotaciones agrarias--, así como a las modificaciones del impuesto de patrimonio y transmisiones patrimoniales para favorecer el acceso a la vivienda, especialmente entre jóvenes.

DEDUCCIONES FISCALES APLICABLES

   Las deducciones por gastos en salud engloban deducciones de hasta 150 euros por el 30% de los gastos generados por miembros de la unidad familiar que necesiten ayuda por padecer cualquier patología relacionada con la salud mental.

   Asimismo, se añade la deducción de hasta 100 euros por gastos ligados a enfermedades crónicas de alta complejidad o las denominadas raras, así como con diagnóstico de daño cerebral adquirido o alzhéimer. El límite de esta deducción se eleva hasta 150 euros si la familia es numerosa o monoparental.

   También se fijan deducciones para tratamientos de salud bucodental, no estéticos, de hasta 150 euros por el 30% de las cantidades abonadas, así como para cristales graduados, lentes de contacto y líquidos de limpieza, de hasta 100 euros por el 30% de las cantidades abonadas.

   Cabe destacar que estos conceptos serán compatibles entre sí y que el límite de deducción se establecerá por contribuyente. Los desembolsos podrán ir destinados al tratamiento del contribuyente, su cónyuge y aquellas personas que den derecho a la aplicación de los mínimos familiares por descendientes y ascendientes.

   Cuando dos contribuyentes declarantes tengan derecho a la aplicación de esta deducción por el hecho de desembolsar los gastos relacionados con los tratamientos o cuidados recibidos por otras personas, la base de la deducción se prorrateará entre ellos por partes iguales.

   No se integrarán en la base de la deducción las primas satisfechas por seguros médicos ni el importe de las prestaciones médicas que sean reintegrables por la seguridad social o las entidades que la sustituyan.

   Tampoco se incluirán en la base de la deducción las cantidades a asociaciones sin ánimo de lucro declaradas de utilidad pública que disfruten de la deducción por donativos y otras aportaciones reguladas en la Ley 35/2006 del impuesto sobre la renta de las personas físicas y de modificación parcial de las leyes de los impuestos sobre sociedades, sobre la renta de no residentes y sobre el patrimonio.

   Respecto a la deducción por práctica deportiva y actividades saludables, la deducción general es del 30% del gasto, hasta un máximo de 150 euros, pero puede llegar hasta el 100% si el declarante es mayor de 75 años o tiene una discapacidad igual o superior al 65%, con un tope de 150 euros.

   Al igual que en las deducciones fiscales sociales, el límite de deducción se establecerá por contribuyente y los desembolsos podrán ir destinados a actividades desarrolladas por el contribuyente, su cónyuge y aquellas personas que den derecho a la aplicación de los mínimos familiares por descendientes y ascendientes. Cuando dos contribuyentes declarantes tengan derecho a la aplicación de esta deducción por corresponder a gastos relacionados con otras personas, la base de la deducción se prorrateará entre ellos por partes iguales.

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