Consell.- La Generalitat deroga el decreto de función interventora y amplía elementos de fiscalización previa del gasto

Actualizado: viernes, 21 julio 2006 19:37

VALENCIA, 21 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Consell derogó hoy el decreto que desarrolla la función interventora en su modalidad de fiscalización limitada y adoptó un acuerdo por el que se amplían elementos de fiscalización previa del gasto por la Intervención de la Generalitat, según informó el portavoz del Consell, Vicente Rambla.

El decreto derogado es el 179/1994, que desarrollaba el artículo 61 del texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat, en lo que se refiere a la función interventora en su modalidad de fiscalización limitada.

El Consell alega que las recomendaciones de la Sindicatura de Comptes en su informe de 2004, donde se apunta la conveniencia de revisar esta disposición "al menos en lo que se refiere a la fiscalización previa de los gastos de personal", unido a la necesidad de modificar, por la experiencia acumulada en los últimos diez años, el alcance de la intervención previa, "ha determinado la elaboración de una nueva disposición que establezca los extremos a verificar por la Intervención en el ejercicio de la intervención previa y, por tanto, sustituya al decreto 179/1994".

El conseller indicó, en la rueda de prensa posterior al pleno del Ejecutivo, que, mediante el acuerdo adoptado de forma paralela por el Consell, se delimitan "extremos adicionales" a comprobar por la Intervención en el ejercicio de la fiscalización del gasto, lo que significa que "se añaden algunos elementos a fiscalizar con carácter general a priori".

Rambla señaló así que se recogen "extremos adicionales que antes tenían una fiscalización previa con carácter aleatorio" y para los que ahora será "necesaria su fiscalización previa en todo caso". Este acuerdo establece los extremos que deben ser comprobados por las intervenciones delegadas en todo tipo de expedientes, así como los específicos para determinados expedientes.

El decreto 179/1994 regula el ejercicio de la intervención previa sobre los actos, documentos y expedientes susceptibles de producir obligaciones de contenido económico, y fijó, en función de la naturaleza de cada uno de los gastos, los extremos esenciales que habían de comprobarse por la Intervención en el ejercicio de la función interventora.

Esta disposición reglamentaria ha sufrido algunas adaptaciones, ya que se introdujo una previsión sobre contratos menores tras la aprobación de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas y también se incorporaron los extremos a verificar en el ejercicio de la intervención previa sobre subvenciones.

Además, la experiencia acumulada en el ejercicio de la fiscalización limitada previa desde la entrada en vigor del decreto 179/1994 "ha puesto de manifiesto la necesidad de introducir supuestos no contemplados en el mismo y de añadir o suprimir extremos adicionales a comprobar en la fiscalización de algunos expedientes", indicaron fuentes de la Generalitat.

En esta ocasión, "siguiendo el mismo criterio que en la Administración General del Estado, se ha querido utilizar el formato de acuerdo del Consell, más acorde con el contenido eminentemente técnico de la propuesta, y en la medida que el mismo constituye un instrumento mucho más ágil y dinámico para la tramitación, en caso de ser necesario, de futuras adaptaciones", destacaron las mismas fuentes.