El Consell homogeneizará el sueldo de los Policías Locales de la Comunitat Valenciana

Actualizado: jueves, 27 julio 2006 15:04

VALENCIA, 27 Jul. (EUROPA PRESS) -

La conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas está elaborando un nuevo Decreto de retribuciones de la Policía Local para homogeneizar el salario de los agentes municipales de las tres provincias con el fin de evitar desproporciones en las retribuciones, según informaron hoy fuentes de la Generalitat.

Al respecto, el secretario autonómico de Interior, Luis Ibañez, señaló que "desde hace tiempo" se está trabajando con este fin ya que, explicó, "aunque los honorarios de los policías locales dependan de los Ayuntamientos, ya que son éstos los que los fijan, es deber de la administración autonómica determinar unos mínimos para evitar que se produzcan situaciones de extrema desigualdad".

Del mismo modo, apuntó que hay que tener en cuenta que al estar sujetas las nóminas de los policías locales a cada Corporación local eso implica que los sueldos "oscilen en función de la solvencia económica de cada Ayuntamiento derivando en problemas como la inestabilidad en las plantillas".

Por ello, señaló que la Generalitat pretende con esta nueva reglamentación "reducir esta desproporción y conciliar, en la medida que sea posible, el sueldo de los policías locales de la Comunitat Valenciana". Para ello, destacó que se cuenta con el respaldo del Gabinete Técnico de Coordinación de Policías Locales de la Comunitat, donde están representados todas las partes implicadas administraciones y representantes sindicales.

El nuevo sistema retributivo establece que los Ayuntamientos dispondrán de un plazo de un año, coincidiendo con el año presupuestario siguiente al de la entrada en vigor del Decreto, para adaptar sus relaciones de puestos de trabajo y las plantillas de sus respectivos Cuerpos de la Policía Local a lo establecido por la nueva reglamentación.

Además, cada Corporación, previa negociación con los representantes, determinará la cuantía del complemento específico correspondiente a todos los puestos de las distintas escalas y categorías que deban ser provistos por funcionarios en situación de activo de los Cuerpos de la Policía Local, valorando la dedicación profesional, responsabilidades, peligrosidad, penosidad, turnicidad, nocturnidad, festividad e incompatibilidad a que hace referencia la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, así como la especial dificultad técnica.