El Icav sanciona a 23 abogados en 2005 por malas prácticas profesionales, un 40 por ciento menos que el año anterior

Actualizado: sábado, 15 abril 2006 13:49

VALENCIA, 15 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (Icav) sancionó a un total de 23 abogados en 2005 por malas prácticas profesionales, lo que supone un 40 por ciento menos de expedientes sancionadores que en el año anterior, según subrayó hoy el decano de esta entidad, Fernando Alandete.

La cifra de sanciones representa al 0,3 por ciento de los abogados en ejercicio de Valencia, donde hay registrados 6.500 profesionales. En este sentido, Alandete se mostró "satisfecho" con el "bajo" índice de malas prácticas profesionales y remarcó que éste se debe al "esfuerzo de la Junta de Gobierno por establecer un rígido control del ejercicio de la Abogacía y la implantación de un servicio abierto al público que recibe las quejas de ciudadanos y profesionales".

Asimismo, indicó que los servicios deontológicos del Icav reciben "alrededor de 500 quejas anuales, de las que casi el 50 por ciento se archivan tras el primer proceso de investigación al considerarse inconsistentes", mientras que el resto, dijo, "se tramitan y se someten a dos controles independientes, a la comisión de justicia y a la propia Junta de Gobierno, que determinan si el expediente requiere o no sanción", añadió.

En esta línea, explicó que el origen de las quejas "suele estar en la promesa o en la creencia de la obtención de resultados que, en realidad, no dependen exclusivamente de la actividad del abogado", por ello, afirmó que "los abogados tienen derecho a percibir retribución u honorarios por su actuación profesional, así como el reintegro de los gastos que se le hayan causado, independientemente del resultado del caso".

Alandete señaló que la relación entre el cliente y el abogado se basa en la "confianza y exige de éste una conducta profesional íntegra, que sea hornada y diligente", y matizó que cualquier letrado tiene libertad para aceptar o rechazar el asunto en el que se solicite su intervención sin necesidad de justificar su decisión "especialmente cuando surjan discrepancias con el cliente que puedan entorpecer el proceso".

Al respecto, el decano del Icav añadió que "el abogado que renuncie a la dirección Letrada de un asunto habrá de realizar los actos necesarios para evitar la indefensión de su cliente".

Por último, Alandete explicó que "todos los ciudadanos y profesionales pueden recurrir un dictamen deontológico contrario a su parecer, e incluso elevarlo a consideración del Consejo Valenciano de Colegios de Abogados".