Imputan el equipo de gobierno de Segorbe por presunta prevaricación tras una denuncia de un vecino

Actualizado: lunes, 8 diciembre 2014 10:33

CASTELLÓN, 3 Nov. (EUROPA PRESS) -

El juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Segorbe (Castellón) ha decidido tomar declaración como imputados al alcalde de dicha localidad, Rafael Calvo, y al resto del equipo de gobierno del Ayuntamiento --del PP--, entre los que se encuentra el vicepresidente primero de la Diputación, Miguel Barrachina, por un presunto delito de prevaricación administrativa o desobediencia a la autoridad judicial.

Así, el juzgado admite una querella interpuesta por un vecino de Segorbe contra el alcalde y los concejales que votaron de forma favorable en el pleno municipal del 6 de agosto de 2014 la Ordenanza que regulaba los festejos taurinos. El juez ha citado a los imputados el 15 de diciembre.

Según la querella, el artículo 4 de las nuevas ordenanzas aprobadas es la "reproducción literal de aquél que contenía las ordenanzas del 2008 y que fueron declaradas nulas por el TSJCV" .

El texto de la querella sitúa el origen del caso en junio de 2004, cuando el BOP publicó la Ordenanza Reguladora de Festejos Taurinos que se celebran en Segorbe con motivo de las fiestas patronales, que había sido aprobada de forma definitiva en pleno el 1 de junio de 2004. El querellante recurrió el citado acuerdo y el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) dictó una sentencia en la que estimaba de forma parcial el recurso y anulaba dos artículos de dichas ordenanzas.

Los preceptos anulados se debía a que las autorizaciones administrativas para el establecimiento de los "entablaos" en las fiestas de Segorbe "han de ser otorgadas en el procedimiento de licitación convocado a tal fin por el Ayuntamiento, por lo que los artículos 4 y 12 de la ordenanza impugnada son contrarios a derecho, puesto que disponen el otorgamiento directo de las autorizaciones a quienes con anterioridad a la aprobación de la ordenanza venían actuando como montadores de los 'entablaos', así como a determinadas "Peñas" y prevén, además, la adjudicación de futuras autorizaciones sin licitación previa".

El fundamento de derecho cuarto de la sentencia establece, también, la anulación de las ordenanzas, en tanto en cuanto, otorgan, "de facto, indefinidamente", la autorización para el montaje de los 'entablaos' de referencia a determinadas personas.

Según la querella, el Ayuntamiento de Segorbe procedió en un pleno del 16 de julio de 2008 a la aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Reguladora de los Festejos Taurinos y ello "pretendiendo sustituir a aquella que había sido anulada en virtud de la resolución judicial recaída".

"APARENTE" CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA

"La modificación aprobada cuanto realiza es una renumeración de los artículos de la ordenación anulada para, bajo un aparente cumplimiento de la sentencia recaída, volver a incurrir en las mismas ilegalidades que las ordenanzas anuladas, y ello con la clara voluntad de evitar el cumplimiento de la sentencia en sus propios y estrictos términos", añade la querella.

A la vista de la actuación del Ayuntamiento de Segorbe el querellante formuló el correspondiente incidente de ejecución de sentencia ante la propia Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia a fin de obtener, nuevamente, la nulidad de las ordenanzas dictadas por entender que, a través de ellas, "cuanto se pretendía no era más que evitar el verdadero contenido y alcance de la resolución recaída, que no es otro que el de evitar que los máximos rectores del Ayuntamiento de Segorbe adjudicasen a su mera conveniencia, por capricho y de forma discrecional, el montaje, explotación y utilización de los 'entablaos' previstos para el seguimiento de los festejos taurinos".

Dicho incidente finalizó en un auto que estima íntegramente el mismo y decreta la nulidad del acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Segorbe celebrado el 16 de julio de 2008. El BOP publicó de nuevo el 10 de junio de 2014 el sometimiento a información pública de la Aprobación Inicial de la Ordenanza de Festejos Taurinos. Según la querella, el artículo 4 de las nuevas ordenanzas aprobadas es la "reproducción literal de aquél que contenía las ordenanzas del 2008 y que fueron declaradas nulas por el TSJCV" .

La querella indica que la resolución dictada hace que los concejales que votaron a favor de la aprobación de la misma en el pleno celebrado al efecto incurran en prevaricación y ello, por cuanto, "no resulta factible defender la legalidad de una resolución administrativa que es absolutamente idéntica a otra que ya ha sido declarada nula en sede judicial".

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