Un juez rechaza el recurso de Copé contra el Ayuntamiento de Alicante por el pleno de junio donde ni intervino ni votó

Entiende que Barcala actuó "conforme a derecho" mientras EU-Podem cree que "avala el veto" a su edil y anuncia un recurso ante el TSJCV

El portavoz de EU-Podem en el Ayuntamiento de Alicante, Manolo Copé, en una imagen de archivo
El portavoz de EU-Podem en el Ayuntamiento de Alicante, Manolo Copé, en una imagen de archivo - JOAQUÍN P. REINA / EUROPA PRESS
Europa Press C. Valenciana
Publicado: martes, 30 septiembre 2025 16:28

   ALICANTE, 30 Sep. (EUROPA PRESS) -

   El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número uno de Alicante ha desestimado el recurso del portavoz de EU-Podem en el Ayuntamiento de la ciudad, Manolo Copé, contra la resolución del alcalde Luis Barcala en la que dictó como cuestión previa al pleno ordinario del 26 de junio que el concejal de la coalición no podía participar, ni intervenir ni votar durante la sesión al estar en situación de permiso por guarda con fines de acogimiento de un menor.

   De esta manera se desprende de una sentencia fechada a 30 de septiembre de 2025, consultada por Europa Press, en la que el juez considera que la resolución de la primera autoridad municipal es "ajustada a derecho" y no aprecia que se hayan vulnerado derechos fundamentales.

   Así, argumenta que al solicitar Copé el disfrute del permiso por acogimiento desde el 26 de junio, mediante una instancia el día 6 de ese mes, "lo hacía" o "debía hacerlo" con "la asunción de las condiciones y responsabilidades que un permiso de tal naturaleza comporta" y "especialmente en consideración a la protección del superior interés del menor", así como el "derecho de igualdad entre hombres y mujeres".

   A lo anterior, ha apuntado que "una de las consecuencias del disfrute del permiso concedido pasa por la suspensión de la relación" entre su cargo electo como concejal y la corporación local, "como lo demuestra el hecho de que el Ayuntamiento deja de abonar la contraprestación que pasa a cargo de la Seguridad Social en forma de subsidio".

PERMISO "INCOMPATIBLE" CON CUALQUIER ACTIVIDAD

   En este sentido, el juez resalta que este permiso es "incompatible" con la realización de cualquier actividad, "lo que resulta acorde y coherente con la finalidad propia de un permiso de esa naturaleza, como es la atención a un menor". Por ello, indica que la resolución emitida por Barcala como presidente del pleno "resultó conforme a derecho".

   Sobre posibles casos "similares" de otros concejales que anteriormente han estado de baja por maternidad o paternidad, el magistrado indica que "la vulneración del derecho de igualdad se daría únicamente en el supuesto de acoger las pretensiones" de Copé.

EU-PODEM ANUNCIA UN RECURSO ANTE EL TSJCV

   Contra esta sentencia, es posible interponer un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV). En este sentido, EU-Podem ha avanzado este martes que presentará dicho recurso, al entender que este fallo "avala el veto" a Copé en el pleno.

   En un comunicado, la coalición ha dicho que "no" acepta que "se limite el derecho de representación de miles de alicantinas y alicantinos". "La decisión judicial no pone fin al conflicto. Recurriremos para defender que ningún alcalde pueda silenciar en el pleno la voz legítima de un concejal electo", ha apuntado.

   En esta línea, ha enfatizado: "No se trata de un caso personal, sino de un ataque a la democracia local. Queremos garantizar que los derechos fundamentales prevalezcan sobre los caprichos del equipo de gobierno".

   Copé ha indicado que va a recurrir "hasta el final" porque "la democracia no se suspende por un permiso de conciliación". "Si no lo defendemos ahora, mañana cualquier grupo político podrá ver cómo se deja sin voz a su representante por una excusa burocrática. Y eso es inaceptable en una democracia que se dice plena", ha apostillado.

   En la misma línea, el abogado del portavoz de EU-Podem, Joan Petruschansky, ha valorado que "la sentencia ignora" que el artículo 23 de la Constitución Española "protege no solo el acceso al cargo público, sino también su permanencia y el derecho a ejercerlo en igualdad de condiciones".

   Así, cree que "impedir a un concejal intervenir y votar en el pleno supone una restricción que dificulta el libre ejercicio de los permisos de conciliación familiar", por lo que ha dicho que van a recurrir: "Lo que está en juego no es un caso particular, sino el respeto a la representación política de toda la ciudadanía".

   "Recurriremos porque creemos que esta sentencia vulnera el artículo 23 de la Constitución y priva a la ciudadanía de la representación que eligió en las urnas. No vamos a permitir que se normalice dejar fuera del pleno a un concejal elegido democráticamente bajo pretextos burocráticos. La democracia y los derechos fundamentales no se suspenden por un permiso de conciliación", ha zanjado EU-Podem.

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