Un juzgado deniega las exhumaciones del Cementerio de Valencia solicitadas por el Fórum per la Memoria

Actualizado: domingo, 26 julio 2009 11:18

VALENCIA, 26 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Instrucción número 12 de Valencia ha desestimado el recurso de reforma presentado por el Fòrum per la Memoria del País Valencià y 18 familiares de represaliados, enterrados en las fosas comunes del Cementerio General de Valencia, según informó el colectivo en un comunicado.

En el escrito de personación, la asociación y los 18 familiares de represaliados y enterrados en las fosas comunes del Cementerio de Valencia, además de manifestar su voluntad de ser reconocidos como parte y que se les notificaran las sucesivas diligencias, reiteraban la petición realizada en el Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional para que se acordara la exhumación de las fosas comunes denominadas de la sección octava derecha, sección quinta derecha, sección séptima derecha, sección décima y sección quinta izquierda del Cementerio General de Valencia.

El juzgado ha aceptado y tiene por parte a la asociación, pero ha denegando las exhumaciones solicitadas. Por ello, los denunciantes han anunciado que recurrirán la resolución.

Según el Fòrum per la Memoria del País Valencià, el juzgado, "al declarar la prescripción de los delitos denunciados, crímenes contra la humanidad y desapariciones forzadas durante el franquismo, así considerados por otros juzgados, entre ellos, el propio Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, considera no aplicable la normativa internacional".

Además, la entidad criticó que tampoco tiene en cuenta "la Declaración sobre Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, aprobada por la resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas y la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, firmada por el Estado español".

Esta declaración especifica que "una desaparición forzada es el arresto, detención, secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad, que sean obra de agentes del estado o personas o grupos que actúen con la autorización, el respaldo o el consentimiento del estado, y cuando el propio estado se niegue a reconocer esa privación de libertad, u oculte la suerte o del destino de la personas desaparecidas, sustrayéndola de la protección de la ley, que es exactamente lo que sucedió en España durante la dictadura franquista".

En las peticiones al Juzgado, han quedado "sobradamente probados", tanto documentalmente como por declaraciones, anteriores, de familiares, que las exhumaciones solicitadas "se ajustan a casos de desapariciones forzadas durante el franquismo", aseguró el Fórum.

Finalmente la asociación en defensa de la recuperación de la memoria histórica resaltó que, en este procedimiento, el Juzgado de Instrucción número 12 de Valencia "se apoya en la Ley de Amnistía de 1.977, que las propias Naciones Unidas ha pedido al Gobierno español que derogue por su contenido antidemocrático y preconstitucional; alegando que no estamos ante casos de crímenes contra la humanidad dado que si así los considerara debería atender al hecho de que estos no prescriben ni pueden amnistiarse".